Actuación profesional

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Nuevas reglas para la exhibición de precios: discriminación de impuestos y precios en moneda extranjera

Se establecen principios generales para la exhibición de precios de bienes y servicios dirigidos a consumidores finales. La norma obliga a discriminar impuestos nacionales, como el IVA, incluyendo la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”, salvo en precios financiados, productos al peso en balanzas electrónicas y precios por unidad de medida idénticos al precio final. Se autoriza mostrar precios en moneda extranjera y se fijan reglas para operaciones financiadas. Además, se incorporan especificaciones para precios por unidad de medida, enfocadas en productos de góndolas y autoservicio. La autoridad de aplicación es delegada a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, con sanciones diferenciadas bajo el régimen de la Ley 11.683 para la obligación de discriminar impuestos (artículo 2° inciso c). Vigencia el 18/01/2025, salvo la obligación de discriminar impuestos, que será exigible desde el 01/04/2025.

Resolución (SIYC) N° 4/2025 (BO 17/01/2025)

Fuente: Lisicki Litvin