El tope máximo de facturación anual sube a $95 millones. Las nuevas categorías y cuotas regirán desde agosto. Hay tiempo hasta el 5 de agosto para recategorizarse.
El Gobierno nacional confirmó este domingo la actualización de los montos del Monotributo, que incluye un aumento en los topes de facturación, cambios en las categorías y subas en las cuotas mensuales. El nuevo tope máximo anual será de $95 millones, según informó Javier Lanari, subsecretario de Prensa de la Presidencia.
“Esto equivale a 74.500 dólares por año”, detalló el funcionario, al comparar con los $6.300 que regían en diciembre de 2023, al asumir el Gobierno de Javier Milei. Los nuevos valores impactarán directamente en los pequeños contribuyentes y se aplicarán desde agosto hasta enero de 2026, en línea con la actualización semestral del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Nuevas escalas del Monotributo y plazos de recategorización
Con la publicación del dato de inflación de junio, también se actualizan las escalas del impuesto a las Ganancias y el mínimo no imponible, que subirá de $2,3 millones a $2,6 millones para solteros sin hijos, y de $3 millones a casi $3,5 millones para casados con dos hijos.
En el caso del Monotributo, las principales modificaciones son:
- Categoría A: sube de $7.813.063 a $9 millones de facturación anual.
- Categoría más alta: pasa de $82.370.281 a $95 millones.
- Cuotas mensuales: aumentan entre 15,3% y 15,6%. Por ejemplo, la cuota de $32.221 ascenderá a más de $37.000; y la de $36.679 superará los $42.000.
La recategorización ya está habilitada y podrá realizarse hasta el 5 de agosto. Solo deberán hacerlo quienes hayan tenido cambios en los ingresos, superficie del local, alquileres o energía consumida en los últimos 12 meses. Quienes permanezcan sin cambios o tengan menos de seis meses de actividad no necesitan hacer el trámite.
ARCA (Administración de Recursos de Contribuyentes y Autónomos) recordó que en caso de no realizar la recategorización, se entenderá que no hubo variaciones. Pero si detecta inconsistencias, como gastos o acreditaciones bancarias superiores al máximo permitido, podrá recategorizar de oficio al contribuyente.
Qué pasa con Ganancias, jubilaciones y deducciones
Además de las nuevas escalas del Monotributo, también se actualizarán los tramos del impuesto a las Ganancias y los valores de las deducciones, como salarios del servicio doméstico, gastos educativos y alquiler de vivienda. Todos estos deben cargarse en el Formulario F572Web a través de Siradig Trabajador.
En cuanto a las jubilaciones y pensiones, con el IPC de junio se definirá el aumento correspondiente a agosto, en el marco de los ajustes semestrales establecidos por ley.
Fuente: aire de santa fe