Qué dice la ley y cómo cambian las condiciones laborales
En Argentina, la legislación previsional permite que una persona continúe trabajando una vez que accede a la jubilación. Esta posibilidad, cada vez más frecuente en el contexto actual, está regulada por una serie de condiciones específicas que modifican el vínculo laboral, los aportes y los derechos del trabajador.
Continuidad laboral tras la jubilación
Uno de los escenarios más habituales es el de quienes deciden seguir trabajando en la misma empresa luego de jubilarse. En estos casos, la normativa establece que la relación laboral anterior se extingue y se inicia un nuevo contrato, lo que implica que la antigüedad previa no se mantiene y la relación laboral comienza desde cero. Esto significa que:
- La antigüedad previa no se mantiene
- La relación laboral comienza desde cero
- Las eventuales indemnizaciones se calculan únicamente desde el inicio de esta nueva etapa
Además, la continuidad del trabajador en su puesto depende de la voluntad del empleador. Es decir, no existe una obligación legal de mantener al empleado una vez que accede al beneficio jubilatorio.
Aportes obligatorios
Los jubilados que continúan trabajando en relación de dependencia deben realizar un aporte del 11% de su salario. Este aporte tiene características particulares:
- Es obligatorio
- Se destina al Fondo Nacional de Empleo
- No genera un aumento en el haber jubilatorio
De este modo, el trabajador percibe tanto su jubilación como su salario, pero sin que esos nuevos aportes impacten en una mejora futura de su prestación previsional.
Cobertura de salud
Al concretarse la jubilación, la cobertura de salud pasa a depender del PAMI o de la obra social correspondiente al jubilado. La empresa puede, si lo desea, ofrecer una cobertura adicional, aunque ya no está obligada a hacerlo como durante la etapa activa previa.
Quiénes no pueden volver a trabajar
Existen restricciones para determinados grupos. No pueden reincorporarse al trabajo en relación de dependencia quienes estén jubilados:
- Por invalidez
- Bajo regímenes especiales (actividades riesgosas, penosas o insalubres)
- Con subsidios complementarios asociados al beneficio previsional
En estos casos, retomar una actividad laboral formal podría implicar la pérdida del beneficio. Sin embargo, puede estar permitida la actividad autónoma bajo ciertas condiciones.
Edad y límites
La edad jubilatoria en Argentina es de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, con 30 años de aportes. A partir de los 70 años, el empleador tiene la facultad de intimar al trabajador a iniciar el trámite jubilatorio. Una vez realizada esa intimación, la empresa debe mantener el vínculo laboral hasta que se otorgue la jubilación, por un plazo máximo de un año.
Trámite para seguir trabajando
Para quienes desean continuar en actividad tras jubilarse, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) exige un procedimiento formal que incluye:
- Presentar DNI, último recibo de sueldo y el formulario de reingreso a la actividad laboral
- Verificar y actualizar los datos personales en el sistema
- Solicitar un turno presencial para completar el trámite
Este proceso permite registrar la continuidad laboral dentro del sistema previsional.
Impacto en trabajadores y empleadores
La posibilidad de seguir trabajando luego de la jubilación tiene implicancias para ambas partes. Para el trabajador, representa la oportunidad de mantener ingresos adicionales y continuar activo. Para el empleador, implica una nueva relación laboral sin antigüedad acumulada y con cambios en las obligaciones vinculadas a la cobertura de salud.
En este marco, especialistas en derecho laboral señalan que, una vez jubilada la persona, “pasa a tener una antigüedad cero, más allá del tiempo que haya trabajado previamente en la empresa”. Asimismo, indican que, en caso de finalización del vínculo, la indemnización se calcula desde la fecha de jubilación y no desde el inicio de la relación laboral original.
Así, el esquema legal vigente habilita la continuidad laboral tras la jubilación, pero bajo reglas distintas a las de la etapa activa, tanto en términos contractuales como previsionales.
Cada vez más jubilados siguen trabajando: ya superan los 450 mil y crece el monotributo como modalidad dominante
En un contexto de caída del empleo registrado y deterioro del poder adquisitivo, los datos de la Seguridad Social muestran una tendencia sostenida en Argentina: cada vez más jubilados continúan trabajando. Según los registros oficiales, en diciembre de 2025 se contabilizaron 453.186 personas en edad jubilatoria que siguen en actividad laboral formal mientras perciben su haber previsional.
Del total, 95.603 se desempeñan en relación de dependencia, 36.188 en el régimen de casas particulares, 91.563 son trabajadores autónomos y 229.833 están inscriptos como monotributistas. Esta última categoría se consolidó como la modalidad más extendida, reflejando cambios en las formas de contratación y la continuidad laboral de profesionales tras acceder a la jubilación.
La evolución de los últimos años evidencia un crecimiento sostenido. En 2010, los jubilados activos eran 176.153; en 2015 ascendían a 275.431; en 2023 alcanzaron los 368.458 y, hacia 2025, superaron los 453 mil. Esto implica un incremento del 65% en una década y del 23% en los últimos dos años.
El mayor impulso se observa entre los monotributistas, cuya cantidad prácticamente se duplicó en diez años: pasó de 122.356 en 2015 a 229.833 en 2025. Este fenómeno está vinculado a esquemas laborales más flexibles y a la posibilidad de continuar desarrollando actividades de manera independiente, en un contexto donde el empleo registrado cae y el poder adquisitivo se deteriora.
Sin embargo, el trabajo informal sigue teniendo un peso significativo. Se estima que más de 600 mil jubilados trabajan sin registrar, lo que supera a quienes lo hacen con aportes. En total, alrededor de un millón de adultos mayores continúan en actividad, con una tasa cercana al 18% en edad jubilatoria.
El análisis también muestra una brecha de género relevante. De acuerdo con datos del INDEC, los varones duplican a las mujeres en la percepción de ingresos laborales durante la etapa jubilatoria. Además, los jubilados de menores ingresos presentan mayores niveles de actividad, muchas veces en empleos precarios, de baja calificación o en condiciones desfavorables.
Fuente: iprofesional.com






