IMPOSITIVAS – Renta Financiera: AFIP no posterga (por ahora) plazos

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Profesionales de las ciencias económicas y tributaristas consideraron “ideal” y “necesario” que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergue los plazos para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a la Renta Financiera y los tributos a las Ganancias y Bienes Personales. Pero fuentes del organismo descartaron por el momento que se analice tomar esa medida.

Los profesionales advierten, por caso, que la web del organismo fiscal todavía no publicó la información que le deberían haber suministrado los bancos con los detalles de las inversiones de personas y empresas realizadas en 2018. Sin ello, recomiendan a sus clientes no efectuar ninguna presentación ni pago para evitar tener que hacer rectificaciones o descargos posteriores si luego la información declarada no coincide con la oficial. Pero en la AFIP no se piensa por el momento en alterar el cronograma que tiene como fecha tope al 31 de este mes para la presentación de la información.

En declaraciones a Ámbito Financiero el secretario de la Federación de Consejos Profesionales, José Luis Serpa , señaló que “se está pidiendo una postergación de 45 días, también para Bienes Personales y Ganancias” ya que “a la fecha no están los datos y se va a producir un cuello de botella”.

El lunes pasado, la AFIP publicó una resolución general que establece una simplificación del denominado Impuesto Cedular. Para los que tuvieron rentas inferiores a $200.000 el año pasado se permite pagar sin presentar declaración jurada. También se activa una opción simplificada para aquellos que tienen para declarar una cantidad importante de inversiones, y se deja habilitada la forma tradicional.

César Litvin, CEO en Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, insistió en que “lo mejor sería que se postergue los plazos hasta el vencimiento”. En tal sentido, explicó que para los contribuyentes que deseen usar la opción simplificada el plazo para presentar la información vence el próximo 27 de mayo, mientras que los que quieran pagar sin declaración jurada no tendrán la posibilidad tomar un plan de pagos de 3 cuotas.

Por su lado, Edgardo Stampone, del estudio Auren, consideró que “se va a tener que prorrogar el vencimiento, porque aún las entidades financieras no presentaron información a sus clientes ni a la AFIP”. El profesional estimó que esos datos podrían estar disponibles recién el lunes próximo. En el mismo sentido, el consultor Pyme Vicente Lourenzo sostuvo que “es un despropósito, porque los bancos no cumplieron con los plazos que estableció la AFIP para entregar la información y no tienen sanción mientras que el contribuyente persona física tiene una multa si no cumple con la presentación en término”. En ese sentido, se quejó de que los contadores “tenemos que estar calculando la renta de cada inversión y si hubo resultado entre la venta y la compra o su valor al 31 de diciembre del 2017”.

Iván Sasovsky manifestó que “no sabemos si el fisco quiere que el contribuyente acceda a la simplificación o no, habida cuenta que si se toma el beneficio no se puede hacer uso de un plan de pagos”.

En tanto, Ezequiel Passarelli, de SDC Asesores Tributarios, indicó que “parece ser que se quieren sacar el problema de encima”. “Se dieron cuenta que los aplicativos no funcionan y que los bancos no pasaron la información. Inventaron esto de pagar un impuesto sin presentar declaración jurada”, señaló. El profesional dijo que “lamentablemente parece ser un año de parches”.

Fuente: ambito.com