Determinan que será el Estado Nacional quien financiará con recursos propios y cargo a Rentas Generales los efectos fiscales por la venta de Los productos de la canasta alimentaria -Decreto Nº 567/19- alcanzados por una alícuota del 0% en el IVA.
Decreto (PE) Nº 752/2019 (BO 01/11/2019)
Fuente: Lisicki Litvin