Se prevé una suba en las retenciones, un incremento en Bienes Personales y un freno al Consenso Fiscal para así limitar la baja de Ingresos Brutos
Ya es un hecho. El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, confirmó que en sesiones extraordinarias se buscará la aprobación de una nueva Ley de Emergencia Económica. Y el dato es significativo, porque la norma permitiría “aumentar los impuestos sin pasar por el Congreso”.
Puntualmente, se trata de un recurso legal que le da amplios poderes al Poder Ejecutivo para, entre otras cosas, modificar alícuotas de impuestos.
La traducción es clara: ante la necesidad de mejorar el ingreso fiscal para cumplir obligaciones financieras y, sobre todo, para estimular la reactivación de la producción, la nueva Ley de Emergencia Económica dará luz verde para subir los tributos que recaen sobre “los que más tienen”.
El incremento de la carga fiscal, se apoya en principio, en tres ideas que se encuentran ampliamente consensuadas en el gabinete económico de Alberto Fernández; y serán de inmediata aplicación.
En primer término, se elevarán los derechos de exportación. Las polémicas “retenciones” se aplicarían en base a un esquema escalonado industrial-exportador. Es decir que los productos con mayor industrialización soportarán menores retenciones.
Si bien se llegó a hablar de una tasa de 35% aplicable a las exportaciones de soja, el porcentaje final sería aun menor. El objetivo es conseguir alrededor de u$s2.000 millones adicionales al año.
Ante la inminente suba de retenciones, se incrementó la cantidad de declaraciones juradas de ventas al exterior (DJVE) de la cosecha 2019/2020 para pagar retenciones sin el incremento.
Más precisamente, las DJVE subieron casi 1.000% en soja, 230% en maíz y 53% en trigo en relación al año pasado.
El otro pilar de la suba impositiva refiere al Impuesto sobre los Bienes Personales, cuya alícuota actualmente se ubica en el 0,75%. Se habla de duplicar dicha alícuota e, inclusive, establecer un nivel mayor para los bienes ubicados en el exterior. Una propuesta que ya crea polémica entre los expertos.
Bienes Personales
“La aplicación de impuestos extraordinarios sobre Bienes Personales, además de no ser relevante desde el punto de vista de la recaudación, superará la frontera de confiscatoriedad establecido por la jurisprudencia actual”, advierte César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados.
“Este tipo de medidas terminan recayendo en las Pymes y en la clase media, ya que quienes tienen un importante patrimonio encuentran la forma de defenderse en la justicia y de evitar el pago de estos impuestos”, indica Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados.
Fin del “Consenso Fiscal”
Además, la nueva Ley de emergencia Económica permitiría poner un freno a la reducción de impuestos que estaba prevista en el Consenso Fiscal firmado hace dos años. El Impuesto a las Ganancias para empresas, por ejemplo, debía bajar al 25% el año próximo, pero seguramente no será implementado.
Asimismo, el fin del pacto fiscal permitiría una reposición del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, pese al compromiso de las provincias de reducir gravámenes distorsivos para la actividad productiva.
Quienes critican esta reforma señalan que sería un retroceso en el sentido de que volvería a aumentar el peso del Gobierno central en la coparticipación impositiva que, a modo de compensación, le permitiría a los gobiernos provinciales un mayor margen de determinación de impuestos en el ámbito local.
Impuesto a las Ganancias: un menor alivio para el bolsillo de los empleados”Suspender el Consenso Fiscal es regresar al aumento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el peor tributo; y también Sellos. Ambos impuestos son de épocas medievales, que han aumentado groseramente en los últimos 20 años”, asegura de manera categórica Litvin.
“Es como rociar con veneno la actividad económica”, sentencia el reconocido tributarista.
A fin de reforzar la idea, Litvin señaló que suspender el Consenso Fiscal “es pulverizar todo el esfuerzo para bajar la desbordante carga de los tributos provinciales y municipales. Los fondos que recibieron las provincias por su compromiso para reducir los impuestos deberán ser devueltos”.
De acuerdo con el índice de Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte), el alivio en el Impuesto a las Ganancias (actualización del mínimo no imponible y demás deducciones) debería ser de 44,28% a partir del 1 de enero próximo.
Sin embargo, el alivio va a ser un 20% menor. Esto es así, ya que la suba del piso del impuesto se adelantó en igual porcentaje en agosto pasado, a través del decreto 561, como una de las medidas de alivio que aprobó el gobierno saliente luego de la derrota en las PASO.
Por lo tanto, al 44,28% debe descontarse un 20% del anticipo efectivizado este año.
Más allá de estos tres proyectos ya consensuados, el gabinete económico de Alberto Fernández evalúa múltiples iniciativas para incrementar la presión fiscal:
– Impuesto ecológico al glifosato.
– Aplicación de impuestos extraordinarios por dos años: mediante una alícuota especial de Bienes Personales, a los activos reales y financieros radicados en el exterior; a las utilidades del sector financiero, aplicable sobre la rentabilidad sobre los activos (ROA) y sobre los fondos propios (ROE) de cada entidad; a la compra venta de divisas.
Advertencia de expertos
Mientras esperan las confirmaciones oficiales para las modificaciones impositivas que han circulado durante las últimas semanas, los principales referentes en temática tributaria han dado a conocer su predisposición negativa a muchas de las propuestas. En algunos casos, observan que habría implicancias legales, mientras que en otros creen que traerían resultados contraproducentes en materia de recaudación fiscal.
Por caso, Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, considera un error pretender gravar con un impuesto -se entiende que sería Ganancias- a la compra-venta de divisas, hoy por hoy exenta para personas humanas.
Fuente: infobae.com