Nuevo pago a cuenta correspondiente a los PF 2019 y 2020, que deberán ingresar quienes posean en los PF 2018 y 2019, respectivamente, bienes en el exterior sujetos al impuesto. El importe podrá ser consultado en sistema “Cuentas Tributarias” para el PF 2019, a partir del 04/03/2020 y deberá ingresarse hasta el 01/04/2020 . Podrá solicitarse la eximición cuando se hubiera ejercido la opción de repatriación.
Resolución General (AFIP) Nº 4673/2020 (BO 07/02/2020)
Fuente: Lisicki Litvin