Exceptúan de la prohibición del ASPO a la actividad gastronómica al aire libre en CABA.
Autorizan a la actividad gastronómica al aire libre, exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas, jardines o similares, en CABA, quedando las personas afectadas a dicha actividad, exceptuadas del ASPO.
Decisión Administrativa (JGM) Nº 1600/2020 (BO 03/09/2020
Fuente: Lisicki Litvin