Este punto es opcional durante los tres primeros ejercicios de aplicación de la RT 17 para EPEQ salvo entidades sin fines de lucro, cooperativas y mutuales)(*)
- Exponer la variación neta acaecida en el efectivo y sus equivalente (R.T. 8 Cap. VI A.1)
Informar las causas de variación del efectivo para las actividades operativas, de
inversión y de financiación (R.T. 8 Cap. VI A.2 y A.3) - Se puede exponer por el método indirecto las provenientes de las actividades operativas
solamente (R.T. 8 Cap. VI A.3.1). - Los flujos ocasionados por partidas extraordinarias se deben atribuir a las actividades
según corresponda o exponerse por separado. (R.T. 8 Cap. VI, A.4)