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IMPOSITIVAS – Récord histórico de tributos sobre el patrimonio: 2020, el año en el que fueron protagonistas Bienes Personales y el nuevo impuesto a la riqueza

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Es el mayor porcentaje sobre los activos desde principios de los 90. Expertos aseguran que disminuirá la inversión productiva y provocará un efecto negativo sobre la reactivación de la actividad económica

La presión tributaria sobre el patrimonio llega a su récord de los últimos 30 años

Con la promulgación del nuevo Impuesto a la Riqueza, la presión tributaria sobre el patrimonio de las personas está en un nivel récord en términos reales desde 1993. Desde 1991, cuando se sancionó la creación de Bienes Personales, la alícuota efectiva rondó el 1%, pero este año, entre este impuesto y el nuevo “aporte solidario”, superará el 7 por ciento.

Resta que la AFIP reglamente a través de una resolución general el nuevo impuesto promulgado este viernes para saber cuándo y cómo se pagará.

La perspectiva empeora si se recuerda que, luego del blanqueo, el gobierno de Mauricio Macri comenzó una reducción progresiva de las alícuotas de Bienes Personales, votada por el Congreso, que fue revertida por el nuevo gobierno.

El pago del nuevo Impuesto a la Riqueza para los activos declarados mayores a $200 millones tendrá una alícuota de 3,5% si son bienes locales o del 5,25% si están declarados en el exterior. Este aporte extraordinario se sumará a la alícuota de 2,25% (si los activos están en el exterior) que ya se pagará por los activos en Bienes Personales a presentar en diciembre. De este modo, según la consultora FMA, el contribuyente que tenga “un activo mayor a $200 millones y declarado en el exterior (es un supuesto de máxima), pagará un total de 7,5%: 2,25% por Bienes Personales, más el 5,25% de Aporte Solidario”.

El Impuesto a la Riqueza para los activos declarados mayores a $200 millones tendrá una alícuota de 3,5% si son bienes locales o del 5,25% si están declarados en el exterior

Si está declarado en Argentina, la carga sería de 4,75%: 1,25% por Bienes Personales más 3,5% de “Aporte Solidario”. “Aún sin el aporte solidario, el impuesto a los activos ya estaba en un récord histórico, de 2,25%”, se detalló.

La evolución histórica de los impuestos al patrimonio desde 1993

En este contexto -y con la falta de un horizonte de confianza de mediano plazo- varios empresarios argentinos optaron este año por cambiar su residencia fiscal, mientras que otros optarán por dar la batalla por el “aporte” mencionado, primero a través de una “multinota” ante la AFIP y luego, si el organismo fiscal decide una inspección, en la justicia a través de una acción declarativa.

La opción de ir directo a la Justicia no parece ser la más atractiva ante la falta de certeza sobre los criterios que adoptará el Poder Judicial en este tema y ante la posibilidad de quedar “frente a frente” con el organismo fiscal, según un abogado que optó por hablar en forma anónima.

En cualquier caso, la consecuencia, según los especialistas en impuestos consultados por Infobae, es que habrá menos inversión y, por lo tanto, menor generación de crecimiento en general y de empleo privado en particular.

Al respecto, Iván Sasovsky afirmó que “este nuevo impuesto va a terminar afectando la inversión en muchos casos, ya que no hace diferencias entre los bienes que forman parte de los activos”.

Este nuevo impuesto va a terminar afectando la inversión (Iván Sasovsky)

“Los que más se verán afectados serán aquellos cuyos bienes no sean líquidos, ya que deberán desprenderse de alguno de ellos o solicitar un préstamo para afrontar el pago”, aclaró. El tributarista también explicó que, del mismo modo, aquellos que tengan liquidez deberán utilizarla para pagar el tributo, por lo que “tendrán menos margen para pensar en realizar una inversión durante 2021”.

“Lo peor es que sumar nuevos impuestos no termina generando una mayor recaudación y eso se demostró durante los últimos meses, con resultados que apenas acompañaron la inflación”, sostuvo Sasovsky. Además, agregó: “Si esta fórmula hubiese funcionado, tendríamos una de las recaudaciones más abultadas de los últimos años, gracias a todos los impuestos que se sumaron en el último tiempo, pero nada de eso sucedió”.

Por su parte, Fernando Schettini dijo a Infobae: “Si se observa en forma aislada el impacto del Impuesto a los Bienes Personales más la tasa del aporte solidario extraordinario, claramente operan como un desincentivo a la inversión que se potencia cuando se le suman las alícuotas altas aplicables del impuesto a las ganancias”

Además, recordó, están “todas las restricciones en cuanto al movimiento de divisas; la sumatoria de todas esas cuestiones es letal para la inversión y si a eso se le agregan los vaivenes de la política fiscal, donde hace cuatro años hubo una Ley de Blanqueo que tenía el perdón en cuanto al pago del impuesto a los bienes personales como un beneficio y la tasa iba a disminuir a niveles ínfimos y cuatro años después la tasa sube siete u ocho veces y siguen agregando impuestos patrimoniales, los resultados van a estar a la vista”.

Es decir, “lejos de incentivar la inversión, se está haciendo todo lo contrario; pareciera que no quieren disminuir la pobreza sino aumentarla; lamentablemente es la única lectura que uno puede hacer con lo cual no auguro un buen pronóstico para lo que es el aumento de inversión con este tipo de decisiones fiscales”.

“La suma del impuesto a los bienes personales más el aporte voluntario, que gravan el stock de inversiones, es obviamente letal para el incentivo a la inversión”, concluyó.

Por su parte, el economista Fernando Marull de FMyA estimó que “la alícuota efectiva sería algo menor en el caso de que los activos sean en dólares, por el efecto de la brecha cambiaria”.

Fernando Marull: “La alícuota efectiva sería algo menor en el caso de que los activos sean en dólares, por el efecto de la brecha cambiaria” (EFE)

“En el aporte solidario, se tomará el dólar oficial del momento en que se reglamente la ley; si coincide con la fecha de Bienes Personales será el valor de la divisa al 31 de diciembre. En ambos casos, estará por debajo del valor del dólar financiero en mercados formales y regulados (el Dólar CCL), por lo que podría suavizar el efecto de la alícuota”, detalló.

En cuanto a la recaudación, dijo que “el Gobierno espera recaudar por este Aporte Solidario al menos 1% del PBI durante 2021, que se sumarán a lo que recaudará por Bienes Personales, que será cerca de 0,7% del PBI, un similar al nivel de 2020 y que ya será un récord histórico”.

La recaudación por Bienes Personales y el impuesto a la riqueza será un récord histórico para los tributos sobre el patrimonio (Fernando Marull)

“En FMyA, proyectamos que la recaudación del Aporte Solidario será menor, porque asumimos que un porcentaje no menor irá a la justicia. En nuestras proyecciones Fiscales de 2021, asumimos que será 0,5% del PBI, casi USD 2.000 millones”.

Por su parte, la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó preliminarmente el ingreso a la AFIP de unos $300.000 millones, que, por efecto de la devaluación, podrían ensancharse.

En tanto, el contador Ezequiel Passarelli dijo a Infobae: “El terrible aumento de Bienes Personales en 2019, de hasta el 800% no se terminó de sentir en todo su esplendor por la gran devaluación que hubo en 2020. Recordemos que el impuesto se liquida con el tipo de cambio del Banco Nación al 31 de diciembre del año anterior, que en este caso fue de $59 por dólar al 31 de diciembre de 2019”.

Sin embargo, “para los que tienen sus ahorros en moneda extranjera, se pagó entre 6 y 10 meses después vendiendo esa moneda a un tipo de cambio (MEP, Bolsa, CCL) mucho más alto (de más del triple, en algunos casos)”.

“Esa devaluación, que habrá que seguir de cerca para ver si tiene el mismo efecto en 2021, por el contrario, va a hacer que mucha más gente termine entrando en este nuevo Impuesto, el Aporte Solidario. En este punto, coincido con varios de mis colegas en que seguramente sean muchos más que 12.000 los que terminen quedando obligados”, aclaró, en línea con las declaraciones de la propia titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Mercedes Marcó del Pont, la encargada de recaudar el nuevo Impuesto a la Riqueza (Télam)

“En cuanto a si efectivamente se recaudará lo que se espera, por un lado estoy seguro que van a ser más de 12.000 personas las obligadas, por lo cual, si se amplía la base, seguramente crezca la posible recaudación. Pero, por otro lado, tampoco tengo dudas de que los grandes estudios terminarán defendiendo este tema en la justicia”, indicó.

Este paso por Tribunales se debe a “la cantidad de puntos controvertidos que tiene la ley: desde la confiscatoriedad de la tasa sumada a bienes personales, hasta las cláusulas antielusivas que no permiten considerar movimientos en los últimos 180 días y que no permiten considerar los trust, entre otras”.

Por su parte, Guillermo Poch de BDO Argentina sostuvo que “desde un punto de vista teórico los impuestos a los patrimonios deben articularse como una herramienta de control y no de recaudación”. Esto se debe a que “los impuestos sobre la renta generan una recaudación más alta con un menor efecto distorsivo, ya que, cualquiera sea el tipo del gravamen, los contribuyentes -intentan- cancelar el impuesto con la renta que los bienes generan”.

“Si la rentabilidad luego de considerar la carga tributaria es baja o casi nula, los individuos se desprenden de esos activos o litigan. Situación que a la administración tributaria no le conviene porque -además de no recaudar- le insume recursos. Es decir, la carga tributaria se debe armar de modo que los contribuyentes cancelen los gravámenes sin que los afecte patrimonialmente”, aclaró.

Además, destacó que “los países, sin hacer una expresa manifestación, compiten en relación con los tributos, pues intentan acceder a inversores de otros países reduciendo su carga tributaria”.

Los países compiten con los tributos pues intentan a acceder a inversores de otros países reduciendo los impuestos (Guillermo Poch)

En este contexto, “la Argentina en función de atraer inversiones, debería generar un claro incentivo reduciendo la carga fiscal total. Por tal motivo, más allá de la inminente entrada en vigor del aporte solidario, este debería considerarse a cuenta de futuros gravámenes”.

De ese modo, “el Estado recibiría el financiamiento que actualmente necesita, y al inversor le reduce el costo fiscal total. De otro modo, en el ámbito profesional se percibe un alto nivel de litigiosidad sobre dicho aporte, circunstancia que no le conviene ni a la Administración de turno ni a los contribuyentes”.

Por este motivo, “no sería conveniente considerar un incremento sobre las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales cuando en la actualidad lo que se intenta buscar es el financiamiento de las actividades”.

Por su parte, Andrés Edelstein recordó que “en una fecha muy reciente las alícuotas de Bienes Personales se han visto incrementadas sustancialmente hasta llevarla a niveles donde comienza a discutirse la confiscatoriedad del tributo”. Al respecto, detalló que la alícuota del 0,25% que debía aplicarse para el año fiscal 2019, a pagarse en 2020, primero fue modificada por una tabla progresiva de hasta 0,75% -que nunca llegó a regir, por haber sido nuevamente incrementada al 1,25% (2,25% para bienes en el exterior) en virtud de la emergencia dispuesta en diciembre del año pasado por la Ley 27.541.

Sin duda, “es un cambio muy brusco que incrementó la carga fiscal sobre el patrimonio individual hasta nueve veces”. Además, “cuando todavía no había vencido el plazo de vencimiento para realizar una repatriación parcial de fondos del exterior que permitiría aplicar la alícuota reducida para los activos en el exterior, comenzó a plantearse la idea del Aporte Solidario”.

Andrés Edelstein: “Es un cambio muy brusco que incrementó la carga fiscal sobre el patrimonio individual hasta nueve veces”. Además, “cuando todavía no había vencido el plazo de vencimiento para realizar una repatriación parcial de fondos del exterior que permitiría aplicar la alícuota reducida para los activos en el exterior, comenzó a plantearse la idea del Aporte Solidario”

“Son conocidas las críticas que reciben los impuestos patrimoniales de este tipo, entre las que se destacan su escaso nivel de recaudación, su falta de eficiencia en términos de administración y cumplimiento, la falta de consideración en cuanto a la generación de rentas que pueden o no generar los bienes sujetos al impuesto y los bajos efectos en relación con la redistribución de la riqueza”, indicó el ex secretario de Política Tributaria.

Ante estas razones, “se advierte una muy escasa participación de gravámenes sobre el patrimonio global de las personas a nivel mundial, donde encontramos sólo 5 de los 37 miembros de la OCDE que lo aplican, en América Latina, solamente Colombia, Guayana y Uruguay establecen un Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas”.

“Si bien estos recursos contribuyen a reducir el bache fiscal, las medidas de esta naturaleza deben ser analizadas con suma cautela, toda vez que producen efectos colaterales adversos que probablemente deterioren las propias perspectivas futuras en materia de recaudación”, advirtió Edelstein.

Por un lado, “no generan un marco propicio para las inversiones, especialmente en momentos donde el aporte del capital privado resulta fundamental para la recuperación de una nuestra economía en el periodo pospandemia”.

Por el otro, “como ha sucedido en algunos países europeos hace años, el incremento de la presión impositiva sobre los altos patrimonios ha generado que muchos contribuyentes decidan cambiar su residencia fiscal a otras jurisdicciones más amigables, con la consiguiente pérdida no sólo de futuros recursos fiscales sino también de la actividad económica que los mismos producen”.

Al respecto, César Litvin afirmó que “en el mundo los impuestos patrimoniales no están siendo utilizados dado el efecto nocivo que tienen sobre el ahorro y la inversión; en los últimos años muchos países han dejado de estar vigentes y en Europa básicamente lo tiene España, con mínimos no imponibles muy altos y la comunidad de Madrid lo tiene eximido”.

En el mundo los impuestos patrimoniales no están siendo utilizados, dado el efecto nocivo que tienen sobre el ahorro y la inversión (César Litvin)

“En gran parte de los bienes en Argentina estamos a contramano de lo que se está haciendo el mundo en esta materia, porque el impuesto sobre los bienes personales y el impuesto a las grandes fortunas nacen con un pecado original de no medir adecuadamente la capacidad económica de los contribuyentes al no considerar los pasivos, con lo cual está afectando sin ninguna duda la igualdad tributaria”, sentenció Litvin.

“Hay contribuyentes que tienen igual cantidad de bienes, pero uno tiene deudas y el otro no, van a pagar el mismo impuesto pese a que su capacidad económica es diferente; eso está afectando una garantía constitucional de las de la igualdad tributaria”, explicó.

Además, subrayó el tributarista: “No existe en el mundo no existe en el mundo tamaña carga de imposición patrimonio real entre bienes personales y grandes fortunas, donde se llega a una exorbitante y absurda alícuota sumando entre los dos impuestos el 7,5 por ciento”.

Por otro lado, aclaró que “los impuestos patrimoniales también son reprochados en la doctrina tributaria porque, para llegar a un patrimonio previamente se tuvo que generar renta y normalmente esta renta ya paga impuesto a las ganancias”.

“Quiere decir que en algunos casos estamos triplicando la imposición sobre determinados bienes; desde mi punto de vista este tipo de medidas como bienes personales con alícuotas exorbitantes y el impuesto a las grandes fortunas desalientan categóricamente la inversión y producen un efecto que es un círculo vicioso que empieza con impuestos exorbitantes y tiene como consecuencia una desmotivación de la inversión. Y cuando baja la inversión, baja el empleo, que a su vez genera una caída en el consumo, en la actividad económica y un aumento de la pobreza. Esto lleva a un incremento de los planes sociales, aumento del gasto público, que se retroalimenta con el alza de impuestos mencionada”, concluyó César Litvin, categórico.

Fuente: infobae económico

ECONOMÍA – El Banco Central pronosticó para cuándo se puede esperar una recuperación de la economía

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Según el BCRA, la economía acelerará cuando se ejecute la campaña masiva de vacunación contra el coronavirus

El Banco Central destacó que el sistema financiero resistió con resiliencia la crisis derivada de la pandemia de Covid-19 en Argentina y señaló que ya hay recuperación de la actividad económica, la cual podría acelerarse en los próximos meses si se efectiviza la campaña de vacunación masiva que está preparando el gobierno

Así lo indicó la autoridad monetaria en el Informe de Estabilidad Financiera de diciembre dado a conocer en las últimas horas.

La autoridad monetaria evaluó que para Argentina la pandemia implicó una combinación de shocks externos e internos sin precedentes sobre una economía que “ya venía de casi dos años de recesión, con alta inflación y deuda pública en niveles insostenibles”.

Sin embargo, dijo la entidad, el sistema financiero continuó mostrando un “adecuado grado de resiliencia” en el transcurso de 2020, situación que se espera se mantenga en los próximos meses, dice el informe.

Esto se da en un contexto local que gradualmente está evidenciando señales de recomposición, situación que sigue siendo dinámica.

En este sentido, dada la batería de medidas de políticas monetaria, financiera, fiscal y de ingresos destinadas a evitar que estos shocks transitorios dejasen secuelas permanentes en la economía, hay una “incipiente recuperación económica que está cobrando fuerza en la segunda mitad del año (aunque con disparidad entre sectores)”.

A esas medidas, destacó el Banco Central, se sumaron el gradual avance en la flexibilización de políticas sanitarias, lo que permitió que comenzaran a verificarse indicios de un mayor dinamismo de la demanda interna y con ello de recuperación de la actividad.

“Esta tendencia podría acelerarse de confirmarse la posibilidad de que existan vacunas disponibles en forma masiva durante los próximos meses”, dijo el Banco Central que conduce Miguel Ángel Pesce.

El Banco Central agregó que recientemente se fueron plasmando ciertas señales positivas sobre el marco operativo en el que actúa el sistema financiero

“Diversos sectores económicos comenzaron a recuperar gradualmente su actividad, situación que le está permitiendo al BCRA ajustar el conjunto de medidas tomadas ante el shock, así como avanzar hacia la armonización de las tasas de interés de política”, dijo.

Una evolución de la economía más condicionada podría obedecer a factores externos (agudización de la segunda ola de contagios en el hemisferio norte y medidas de aislamiento más extremas), con impacto sobre las expectativas de crecimiento a nivel global, el comercio internacional y los precios de las materias primas (impactando directamente sobre el nivel de actividad local a través del canal comercial), agregó el BCRA.

NACIONALES – Anunciaron una prestación básica para celulares, TV e internet desde $150 por mes

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La decisión del gobierno nacional de establecer este tipo de servicio fue informada por Cafiero en una exposición ante la prensa.

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció esta tarde la entrada en vigencia desde el 1 de enero de un plan básico universal obligatorio para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, conexión fija a internet y tv por suscripción, con el objetivo de favorecer la universalización del acceso a esos servicios a los sectores con menores ingresos y la población vulnerable, estimada en más de 10 millones de argentinos.

Entre los planes creados en el marco del plan básico universal obligatorio, Cafiero precisó que en el caso de la telefonía móvil tendrá un precio de $150 bajo el sistema prepago; mientras que en la telefonía fija será de $380 por mes.

Congelamiento de tarifas

Este jueves, el Gobierno había oficializado el inicio de la renegociación de la revisión tarifaria integral vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte distribución de energía eléctrica gas natural por red que estén bajo jurisdicción federal.

El Gobierno avanzará con las negociaciones en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Así lo estableció el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1020/2020 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y del pleno del Gabinete Nacional.

Se estableció que el plazo de la renegociación no podrá exceder los dos años desde la fecha de entrada en vigencia del DNU, debiendo suspenderse hasta entonces los acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores, atento existir razones de interés público.

En el artículo 11, el Ejecutivo prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de energía eléctrica y gas natural por un plazo adicional de NOVENTA (90) días corridos o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural y energía eléctrica que estén bajo jurisdicción federal, lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda.

El proceso de renegociación culminará con la suscripción de un Acta Acuerdo Definitiva sobre la Revisión Tarifaria Integral, la cual abrirá un nuevo período tarifario según los marcos regulatorios, dice el DNU.

El Gobierno encomendó al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre) la realización del proceso de renegociación de las respectivas revisiones tarifarias.

El DNU aclara que dentro del proceso de renegociación podrán preverse adecuaciones transitorias de tarifas o su segmentación, según corresponda, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados.

Los acuerdos definitivos o transitorios de renegociación deberán formalizarse mediante actas acuerdo con las concesionarias o licenciatarias y los titulares del Enargas y del Enre, así como del ministro de Economía, Martín Guzmán, quienes los suscribirán “ad referendum” del Poder Ejecutivo.

Fuente: telam

Lineamientos generales y bases para una futura reforme del Sistema Tributario Argentino

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Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó los “Lineamientos Generales y Bases para una Futura Reforma del Sistema Tributario Argentino” – Un aporte federal para un país federal.

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Procedimiento. Asueto al personal de la Administración Pública Nacional 24 y 31 de diciembre 2020.

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El Poder Ejecutivo otorga asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2020. Los distintos organismos deberán implementar medidas para mantener los servicios esenciales. La presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

Decreto (PE) Nº 1010/2020 (BO 17/12/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – La economía cayó 10,2 por ciento en el tercer trimestre del año

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El PBI aumentó 12,8 por ciento con respecto al segundo trimestre del año, el momento de mayor influencia de la cuarentena.

El Producto Bruto Interno (PBI) bajó en el tercer trimestre del año el 10,2 por ciento con respecto a igual período del año pasado, informó este miércoles el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Sin embargo, aumentó 12,8 por ciento respecto al segundo trimestre del año, el momento mayor influencia de la cuarentena declarada para combatir la pandemia de coronavirus.

De esta manera, el Indec calculó que el retroceso del PBI entre enero y septiembre alcanzó al 11,8 por ciento.

Desde el Ministerio de Economía destacaron que “se redujo casi a la mitad la caída, 10,2 por ciento interanual luego de caer 19 por ciento interanual en el segundo trimestre”.

El crecimiento respecto del segundo trimestre fue impulsado por la Inversión, el Consumo privado y el Consumo Público.

En esa comparación, el crecimiento fue impulsado por la Inversión, 42,9 por ciento; el Consumo privado, 10,2 por ciento; y el Consumo Público, 2,7 por ciento.

En el frente externo, las Exportaciones Netas contribuyeron negativamente debido a que cayeron las Exportaciones 1,4 por ciento, pero crecieron 10,9 por ciento las Importaciones.

Sin embargo, en la comparación interanual, se destacaron las caídas del Consumo Privado, 14,7 por ciento; la Inversión 10,3 por ciento; mientras que el Consumo Público se retrajo 6,5 por ciento.

En el frente externo, las Exportaciones cayeron 17 por ciento interanual, y las Importaciones 22 por ciento.

En tanto, crecieron Intermediación Financiera, 4,6 por ciento interanual, y Electricidad, gas y agua, 2,3 por ciento.

Fuente: lacapital.com

ECONOMÍA – Índice de Competitividad Global: ¿Qué lugar ocupa la Argentina?

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El país se ubica en el puesto 36 sobre 41 naciones. De este modo, el país quedó ubicado entre los peores lugares del listado que determina la preparación que tiene una nación para enfrentar desafíos económicos.

La Argentina volvió a caer posiciones en el ranking global de competitividad, un informe elaborado por el Foro Económico Mundial, que mide 11 variables y que colocaron al país en el puesto 36 sobre 41 naciones. De este modo, el país quedó ubicado entre los peores lugares del listado que determina la preparación que tiene una nación para enfrentar desafíos económicos.

Según el relevamiento, la Argentina obtuvo un puntaje de 41 sobre 100 y con peor desempeño se ubicaron: Turquía (45,2), México (46,9), Grecia (47,2) Hungría (48,1) y Polonia (48,8).

En el otro extremo, se ubicaron: Finlandia con 69,9, Suecia con 68,5, Dinamarca con 66,5, Holanda con 66,3 y China con 65,5. La tabla difundida por el Foro obedeció a la situación generada por pandemia, por lo que no se trata del listado habitual que divulga cada año.

Entre los factores que se tienen en cuenta para confeccionar el listado se encuentra la posibilidad de “garantizar que las instituciones públicas incorporen principios de gobernanza sólidos y una visión a largo plazo y generen confianza al servir a sus ciudadanos”.

También se analiza el sistema tributario, si se trata de un plan progresivo y con qué nivel son gravadas las corporaciones y la riqueza.
Además se tienen en cuenta los planes de estudios educativos y ampliar la inversión en las habilidades necesarias para los mercados del futuro relacionados con el conocimiento y las habilidades digitales.

Eduardo Fracchia y Martín Calveira, del área de Economía del IAE Business School, analizaron las principales variables que se evaluaron en el Reporte elaborado anualmente por WEF (World Economic Forum), en el marco de un año “excepcional”,

El Informe de competitividad global, cuya primera edición se publicó en 1979, es realizado anualmente por el Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés) y realiza una evaluación anual de los determinantes de la productividad y del crecimiento económico a largo plazo. En nuestro país, el IAE Business School de la Universidad Austral administra este informe junto al WEF desde el año 1994.

Eduardo Fracchia y Martín Calveira, ambos economistas que trabajaron en la recolección y sistematización de los datos, explicaron las particularidades de esta edición especial 2020 del Informe de Competitividad Global titulado Cómo se están desempeñando los países en el camino hacia la recuperación. “Se combinaron datos históricos y los resultados de discusiones de expertos para resaltar las prioridades existentes y emergentes, no solo para reiniciar el crecimiento económico mundial post pandemia Covid-19, sino también para establecer una nueva dirección que brindará prosperidad sostenible e inclusiva en los años venideros”.

En ese sentido, el Informe también ha introducido un intento preliminar de medir la disposición de los países a transformar sus economías de acuerdo con esta nueva dirección. La edición de este año hace una pausa en las clasificaciones comparativas de países en el Índice de Competitividad Global, para realizar este análisis de cómo las economías deberían pensar en la reactivación y la transformación, a medida que se recuperan y rediseñen sus sistemas económicos para mejorar la economía humana.

“El informe proporciona vías para que los líderes tomen medidas proactivas para incorporar políticas transformadoras, inversión en distintos aspectos y nuevos objetivos en el proceso de recuperación. Se presentan prioridades de distintas áreas temáticas para que los responsables de la formulación de políticas las consideren a fin de desarrollar sistemas económicos productivos que mejoren la prosperidad y sean compatibles con el medio ambiente”, explicaron Fracchia y Calveira sobre la motivación de esta edición especial.

Según el análisis, las prioridades para que los países puedan lograr una transformación futura son las siguientes:

  1. Garantizar que las instituciones públicas incorporen principios de gobernanza sólidos y una visión a largo plazo y generen confianza al servir a sus ciudadanos.
  2. Actualizar la infraestructura para acelerar la transición energética y ampliar el acceso a la electricidad y las TIC.
  3. Incorporar un sistema tributario más progresivo, repensando cómo se gravan las corporaciones, la riqueza y el trabajo, a nivel nacional y en un marco cooperativo internacional.
  4. Actualizar los planes de estudios educativos y ampliar la inversión en las habilidades necesarias para los mercados del futuro relacionados con el conocimiento y las habilidades digitales.
  5. Repensar las leyes laborales y la protección social para la nueva economía y las nuevas necesidades de la mano de obra.
  6. Ampliar la infraestructura, el acceso y la innovación del cuidado de personas mayores, el cuidado de niños y la salud en beneficio de las personas y la economía.
  7. Incrementar los incentivos para dirigir los recursos financieros hacia inversiones a largo plazo, fortalecer la estabilidad y expandir la inclusión.
  8. Repensar los marcos de competencia y antimonopolio, necesarios en la denominada Cuarta Revolución Industrial, asegurando el acceso al mercado, tanto a nivel local como internacional.
  9. Facilitar la creación de mercados modernos relacionados con las nuevas tecnologías, especialmente en áreas que requieren colaboración público-privada.
  10. Incentivar y ampliar las inversiones de los pacientes en investigación, innovación e invención que puedan crear nuevos mercados modernos.
  11. Incentivar a las empresas para que adopten la diversidad, la equidad y la inclusión para mejorar la creatividad.

El modelo nórdico lidera la transformación

“A la luz de los resultados respecto al posicionamiento de países sobre las prioridades para la transformación económica, el ´modelo nórdico´ es el más prometedor para llevar los sistemas económicos hacia una mayor sostenibilidad y prosperidad con inclusión”, señalan Fracchia y Calveira respecto de las conclusiones del reporte.

Estos países, entre los que se encuentran Finlandia, Dinamarca y Suecia, se posicionan entre los mejor preparados en la mayoría de las 11 prioridades. Concretamente, Dinamarca y Finlandia aparecen en cuatro oportunidades entre los 3 primeros, mientras que Suecia aparece tres veces y Estados Unidos se encuentra entre los tres primeros tres veces en las 11 categorías, con un buen desempeño en áreas como la inversión en investigación y generación de patentes.

La magra performance de Argentina

Argentina se encuentra en las posiciones más bajas de puntaje respecto a los factores de transformación compartiendo grupo con Eslovaquia, India y Polonia. En todos los aspectos se encuentra por debajo de la media, lo cual brinda un panorama desalentador y cubierto de desafíos respecto a la economía del futuro.

Al respecto, Fracchia y Calveira reflexionan: “Los desafíos que se desprenden del análisis del WEF para nuestro país en particular no son menores, ya que se vinculan con características estructurales de las economías. El rol de la inversión principalmente en conocimiento y capacitación de los trabajadores en el marco de la evolución de los mercados hacia una mayor participación del conocimiento, información y servicios serán fundamentales.”

A su vez, en algunos factores nuestro país tiene la calificación más baja dentro de todos los países relevados, tales como en incentivos para dirigir los recursos financieros hacia inversiones a largo plazo, fortalecer la estabilidad y expandir la inclusión y en facilitar la creación de mercados modernos relacionados con las nuevas tecnologías, especialmente en áreas que requieren colaboración público-privada. Mientras que, en otros casos, vinculados a la competencia, como los marcos de competencia y antimonopolio, necesarios en la Cuarta Revolución Industrial, está muy lejos de la media.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP: hasta qué fecha

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La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el sistema para que los empleadores se inscriban con su clave fiscal.

Hasta el 23 de diciembre, inclusive, las empresas que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de diciembre podrán registrarse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema para que los empleadores se inscriban con su clave fiscal a través de afip.gob.ar.

La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP: hasta qué fecha

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través de la iniciativa, el Estado invirtió más de $240 mil millones para sostener empleos e ingresos de las trabajadoras y los trabajadores del sector privado.

La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP: hasta qué fecha

Para hacer frente a las distintas realidades que atraviesa el entramado productivo argentino en el marco de la pandemia del COVID-19, el Programa ATP contempla los Créditos a Tasa Subsidiada y el Salario Complementario. Esos beneficios son complementados con los REPRO II que instrumentó el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Los tres mecanismos de asistencia para el pago de salarios se tramitarán a través del sitio web de la AFIP. La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación. Los empleadores que accedieron al Programa REPRO II en noviembre contarán el mismo beneficio para el pago de salarios de sus trabajadores y trabajadoras durante diciembre de manera que no será necesario que se inscriban al Programa ATP.

Empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019. Deben registrarse en la página web de la AFIP y una vez finalizado el plazo de inscripción podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Programa ATP: la AFIP habilitó la inscripción

Los empleadores que al concluir el período de inscripción decidan tramitar el REPRO II deberán recabar y presentar a través del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” el último balance (en caso de que la empresa esté obligada a presentar balance) y un conjunto de datos económicos sobre la empresa que son requeridos por del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La información será solicitada al finalizar el período de inscripción pero las empresas pueden comenzar a producir la documentación en forma anticipada.

Empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%. Los empleadores (que tengan menos de 800 trabajadores) podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Empresas afectadas en forma crítica. Aquellas firmas que registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019 accederán al Salario Complementario. Cuando la variación de facturación nominal interanual sea entre 0% y 35% podrán acceder al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada, siempre que posean en su nómina menos de 800 trabajadores.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP extiende plazos para facilitar el cumplimiento: hasta qué fecha

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La decisión tiene como objetivo garantizar que los contribuyentes afectados por la interrupción de los servicios web de la AFIP cumplan en tiempo y forma

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que la presentación de las declaraciones juradas y los pagos de los impuestos con vencimientos fijados entre los días 15 y 17 de diciembre de 2020, ambos inclusive, se considerarán cumplidos en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 18 de diciembre de 2020, inclusive.

La decisión del organismo tiene como objetivo garantizar que los contribuyentes afectados por la interrupción de los servicios web de la AFIP puedan cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones. El vencimiento especial previsto en la Resolución General N°4882 alcanza a las siguientes declaraciones juradas, pagos y regímenes informativos:

Impuesto a las Ganancias

● Establecimientos permanentes – Tasa adicional por remesas al exterior (Noviembre 2020).

La AFIP extiende plazos para facilitar el cumplimiento

Presentación y pago.

● Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Resolución General N° 4.696. Presentación y pago (cierres julio 2020)

● Salidas no Documentadas. Presentación y pago (noviembre 2020)

● Anticipos. Resolución General N° 4.034 (Personas Humanas y Sucesiones Indivisas,

Sociedades,empresas y explotaciones unipersonales y otros).

Pago.

Impuesto sobre los Bienes Personales

● Anticipos. Tercer anticipo 2020. Pago.

Fondo para Educación y Promoción Cooperativa

● Anticipos. Cierres agosto, septiembre y octubre 2020.

Pago.

Impuesto al Valor Agregado

● LEY N° 27.346. Capítulo IV. Sujetos del Exterior que realicen Locaciones o Prestaciones Gravadas en el país.

Pago.

Impuestos internos – Cigarrillos- y Adicional de Emergencia a los Cigarrillos

● Expendio de los productos realizados entre el 21 al último día del mes de noviembre.

Presentación y pago.

Recargo sobre el Gas Natural

● Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de las percepciones y/o del recargo correspondiente al autoconsumo por operaciones efectuadas en noviembre 2020.

Regímenes nacionales de la seguridad social y obras sociales

● Trabajadores de casas particulares. Aportes y contribuciones voluntarias. Devengado noviembre.

Pago.

● Contribuciones SIPA (beneficio postergación). Devengado septiembre. Ingreso del saldo.

Regímenes de información

● PROCEDIMIENTO. Operaciones de venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas por determinados contribuyentes y responsables. Resolución General N° 3.685. Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Tarjeta de débito. Resolución General N° 1.166.

Operaciones realizadas en Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. TURIVA Alojamiento. Operaciones sujetas a reintegro. IVA facturado por los servicios de alojamiento prestados a turistas del extranjero. Resolución

General N° 3.971. Octubre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Régimen de reintegro para compras efectuadas con tarjeta de débito. Resolución General N° 3.906. F. 2.060.n Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Régimen de reintegro tarjetas prepagas no bancarias – artículo 1° Decreto N° 858/16- Resolución General N° 3.970. F. 2.060. Noviembre 2020.

● IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Donaciones. Donantes y Donatarios: sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Resolución General N° 2.681. Cierre Julio 2020.

La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP: hasta qué fecha

Hasta el 23 de diciembre, inclusive, las empresas que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de diciembre podrán registrarse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema para que los empleadores se inscriban con su clave fiscal a través de afip.gob.ar.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través de la iniciativa, el Estado invirtió más de $240 mil millones para sostener empleos e ingresos de las trabajadoras y los trabajadores del sector privado.

La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP: hasta qué fecha

Para hacer frente a las distintas realidades que atraviesa el entramado productivo argentino en el marco de la pandemia del COVID-19, el Programa ATP contempla los Créditos a Tasa Subsidiada y el Salario Complementario. Esos beneficios son complementados con los REPRO II que instrumentó el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Los tres mecanismos de asistencia para el pago de salarios se tramitarán a través del sitio web de la AFIP. La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación. Los empleadores que accedieron al Programa REPRO II en noviembre contarán el mismo beneficio para el pago de salarios de sus trabajadores y trabajadoras durante diciembre de manera que no será necesario que se inscriban al Programa ATP.

Empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019. Deben registrarse en la página web de la AFIP y una vez finalizado el plazo de inscripción podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Programa ATP: la AFIP habilitó la inscripción

Los empleadores que al concluir el período de inscripción decidan tramitar el REPRO II deberán recabar y presentar a través del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” el último balance (en caso de que la empresa esté obligada a presentar balance) y un conjunto de datos económicos sobre la empresa que son requeridos por del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La información será solicitada al finalizar el período de inscripción pero las empresas pueden comenzar a producir la documentación en forma anticipada.

Empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%. Los empleadores (que tengan menos de 800 trabajadores) podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Empresas afectadas en forma crítica. Aquellas firmas que registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019 accederán al Salario Complementario. Cuando la variación de facturación nominal interanual sea entre 0% y 35% podrán acceder al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada, siempre que posean en su nómina menos de 800 trabajadores.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Cuántos trabajadores pagan el Impuesto a las Ganancias

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En los últimos 5 años se duplicó el número de trabajadores y jubilados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Cuál es el número de personas alcanzadas

En efecto, aumentó en casi 1,1 millones. De acuerdo a los números oficiales, en julio de este año, a 2.259.869 trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados les retuvieron de sus sueldos y haberes el Impuesto a las Ganancias. Son 1.065.720 más que los 1.194.149 que pagaron en julio de 2015.

Por actividad, entre empleados públicos y jubilados en julio de este año llegaron a 890.069 los alcanzados por Ganancias.

Les siguieron los que se desempeñan en la industria manufacturera, con 267.359; bancarios y empleados de aseguradoras, con 155.081; transporte y almacenamiento, con 125.508; información y comunicaciones, con 111.628 y comercio, con 102.395. En minería son 53.767, casi la totalidad del personal ocupado en esa actividad.

Ganancias 2021: desde qué monto se pagará el impuesto

El piso para el pago del Impuesto a las Ganancias subirá 35,38% a partir de enero de 2021 para todo el año, a partir de la publicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de octubre que se utiliza para decidir los incrementos.

De esta manera, un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los 98.963,20 pesos.

Estos umbrales podrán modificarse, de contar los contribuyentes con algún tipo de deducciones familiares que se puedan realizar.

Esta actualización se encuentra casi 10 puntos porcentuales por debajo de la establecida para 2020, la cual fue de 44,28%, y que llevó a los empleados solteros a tributar a partir de un neto de $55.261 al mes, mientras que para los casados el umbral de pago se elevó a $64.415 con un hijo, y a $73.014 pesos si tenían dos.

Ganancias 2021: desde qué monto se pagará el impuesto

A partir de 2021, un soltero sin hijos pagará ganancias a partir de un sueldo bruto de $90.135 (neto antes de ganancias de $74.812); y un casado con dos hijos y esposa que trabaja (con sueldo neto superior a $12.898) lo hará a partir de un sueldo bruto de $104.748 (neto antes de ganancias de $86.941), mientras que un empleado con esposa sin ingresos (o sueldo neto menor a $12.898) deberá hacerlo a partir de un sueldo bruto de $119.236 (neto antes de ganancias de $98.996).

Ganancias 2021: cómo quedan las deducciones

Las principales deducciones en el Impuesto a las Ganancias 2021 quedarán de la siguiente manera:

  • Mínimo no imponible: $167.678
  • Cónyuge: $156.320
  • Hijo/a: $78.833
  • Deducción Especial: $804.856

Ganancias 2021: cuánto deberán pagar empleados y autónomos

Empleado soltero sin hijos:

  • Si gana $95.000 netos mensuales, pagará $17.358,58 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $130.000 netos mensuales, pagará $134.990.91 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $180.000 netos mensuales, pagará $347.611,57 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $250.000 netos mensuales, pagará $666.111,57 de Impuesto a las Ganancias anuales

Trabajador autónomo soltero sin hijos:

  • Si gana $95.000 netos mensuales, pagará $97.055,79 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $130.000 netos mensuales, pagará $238.936,40 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $180.000 netos mensuales, pagará $448.936,40 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $250.000 netos mensuales, pagará $742.936,40 de Impuesto a las Ganancias anuales

Empleado casado con dos hijos:

  • Si gana $95.000 netos mensuales, no pagará Impuesto a las Ganancias
  • Si gana $130.000 netos mensuales, pagará $54.725,79 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $180.000 netos mensuales, pagará $237.716,19 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $250.000 netos mensuales, pagará $708.115,59 de Impuesto a las Ganancias anuales

Trabajador autónomo casado con dos hijos:

  • Si gana $95.000 netos mensuales, pagará $27.379,40 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $130.000 netos mensuales, pagará $141.879,35 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $180.000 netos mensuales, pagará $339.041,02 de Impuesto a las Ganancias anuales
  • Si gana $250.000 netos mensuales, pagará $633.041,02 de Impuesto a las Ganancias anuales

Impuesto a las Ganancias: qué cambios se imponen

En relación al escenario actual del Impuesto a las Ganancias, César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados aseguró que hay cuestiones urgentes que merecen ser modificadas de inmediato.

El sistema de ajuste de las deducciones personales, es un sistema que ajusta por variable salarial. “El ajuste tiene que ser por el costo de vida y debe ajustarse semestralmente; no anualmente”.

Litvin también señaló que no es entendible la diferencia que existe entre la deducción de asalariados y autónomos. Se debe igualar.

El experto también dejó al descubierto que el sector público asalariado tiene “coronita”. “A diferencia del sector privado, los conceptos no remunerativos en el sector público no pagan Ganancias“, destacó Litvin.

Funcionarios públicos y legisladores tienen una parte significativa de su remuneración que no paga ganancias. “No es equitativo, es una injusticia y es un privilegio”, advirtió César Litvin.

Otro cambio urgente que se impone refiere al tope de las donaciones en el Impuesto a las Ganancias. “Se debe eliminar el tope del 5% de la utilidad neta”, sugirió el experto.

Ganancias 2021: qué pasa con los aumentos salariales

El Impuesto a las Ganancias es un impuesto es progresivo, que aplica tasas sucesivamente mayores a medida que el trabajador va pasando a escalas superiores de ingreso.

Las alícuotas se aplican sobre cada tramo, de modo de hacer progresivo el impuesto y evitar que un aumento salarial sea absorbido íntegramente por el fisco. Al respecto Litvin señaló que los aumentos de 2021 significarán para muchos pagar alícuotas y sumas mayores en la medida que la recomposición supere el 35,38% de la variación del RIPTE.

“Estos nuevos montos son para todo el año 2021 y en la medida que los trabajadores tengan alguna recomposición salarial, algunos que ahora están afuera del impuesto empezarán a pagar y los que ya están pagando pagarán más”, puntualizó Litvin.

“Además de Ganancias, los trabajadores pagan todos los impuestos al consumo con lo cual están haciendo un importante sacrificio fiscal en sus consumos, con alícuotas significativas. En definitiva, el bolsillo es uno solo y de ahí se paga todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales”, concluyó Litvin.

En tanto, Iván Sasosvky, CEO de Sasovsky & Asociados, señaló que la actualización del piso y las escalas de Ganancias por RIPTE, “genera el solapamiento entre el salario mínimo para no ser pobre y el salario mínimo a partir del cual se tributa Ganancias“.

“La brecha entre los que tributan y los que no lo hacen es ínfima y eso tiene que ver con el tipo de índice que se usa para ajustar Ganancias“, enfatizó Sasovsky.

Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios indicó que “como el Ripte está muy por debajo de la inflación, si los sueldos aumentan por la inflación se terminará pagando impuesto a las Ganancias por una supuesta ganancia que no existe. Se paga sobre aumentos nominales que solo mantienen el poder adquisitivo que se tenía con anterioridad”.

Fuente: iprofesional.com