IMPOSITIVAS – Cambian condiciones para desgravar la totalidad del impuesto a los créditos y débitos y liquidar el IVA trimestralmente

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El 15 de abril entró en vigencia la Resolución 220/2019 de la Secretaría de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, la cual actualiza los montos de facturación para definir las categorías de micro, pequeñas y medianas empresas, a los efectos de incluir las Pymes en los distintos programas de apoyo al sector.

A continuación, los nuevos parámetros:

El “Certificado MiPyME” tendrá vigencia desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. La empresa podrá iniciar el trámite de renovación, a partir del primer día de dicho mes.

Los interesados podrán verificar la validez de los Certificados MiPyMEs presentados ante ellos a través de la Sitio web (https://pyme.produccion.gob.ar/condicionpyme/).

Además de actualizar las categorías se incorporan los siguientes parámetros:

La flamante norma también agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.

A su vez, se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico. Ye unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.

Fuente: iprofesional.com