IMPOSITIVAS – Ganancias: Gobierno aceptó cambios y el 90% de las empresas pagarán una alícuota reducida

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Ante cuestionamientos de entidades del agro, la producción y el comercio, el oficialismo decidió modificar el proyecto original y rehacer las escalas

Tras las quejas de diversos sectores del comercio y la producción, el Gobierno decidió modificar el proyecto sobre Impuesto a las Ganancias de las empresas y con ese cambio casi el 90 por ciento de las firmas pagará 25% por ese tributo.

Sólo el 10 por ciento de las empresas que tienen Ganancias pasará a pagar el 35%, una medida que afectará a las compañías más grandes y que tienen mayor facturación.

Ante los cuestionamientos de entidades del agro, la producción y el comercio, el oficialismo decidió modificar el proyecto original y rehacer las escalas, aumentando la progresividad del impuesto.

Estos cambios se resolvieron después de una reunión del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Economía, Martín Guzmán y el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, junto con los demás integrantes del gabinete económico y legisladores.

El oficialismo envió al Congreso un paquete de leyes vinculadas con el tema del impuesto a las Ganancias, no sólo para las personas sino también para las empresas.

En el caso de la iniciativa para las personas, Diputados ya le dio media sanción y se espera que en los próximos días el Senado sancione la normativa.

Entre esos proyectos, el Frente de Todos presentó una iniciativa para modificar la carga de este tributo para las empresas.

Si bien la reforma de 2017 se estableció un sendero de bajas de las alícuotas, según la cual desde 2020 se debería pagar un 25%, actualmente todas las empresas deben pagar una alícuota del 30%, de acuerdo a un reciente informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

Según este estudio, la ganancia tope para que una empresa tribute la alícuota marginal inferior del 25% equivale a solo $108.333 mensuales.

El tramo medio (alícuota marginal del 30%) es para aquellas empresas que tengan una ganancia mensual de entre $108.333 y $216.667 y a partir de este último valor se tributa una alícuota marginal del 35%, explicó.

Por su lado, la consultora IDESA dijo que el Impuesto a las Ganancias de las empresas, comparado con otros países, no es alto, a diferencia de lo que ocurre con Contribuciones Patronales.

“Las contribuciones patronales en la Argentina son sustancialmente más altas que en los países desarrollados”, señaló la compañía.

Reformas de Ganancias y Monotributo: se votarán esta semana

Tras el receso de Semana Santa, la Cámara alta retoma su actividad plena esta semana en la que abrirá nuevamente el recinto para tratar dos proyectos que esta administración considera clave y que cuentan con la anuencia de la oposición, por lo que se descuenta la aprobación de ambos.

Así es que esta semana, el miércoles 7 o el jueves 8, el Senado se reunirá para tratar la reforma del impuesto a las Ganancias y el proyecto que cambia el régimen de Monotributo.

En rigor, durante la semana corta por la conmemoración de Semana Santa el Cuerpo trabajó para dictaminar en ambos temas. Así, en días sucesivos dio curso al proyecto sobre Ganancias primero y luego al del monotributo. En ambos casos con la presencia de funcionarios: estuvieron Claudio Moroni, Mercedes Marcó del Pont y el secretario de Política Tributaria, Roberto Arias, exponiendo ante las comisiones que se ocuparon de emitir los dictámenes correspondientes, señala Parlamentario.

A partir del amplio consenso alcanzado durante el tratamiento de ambos temas en la Cámara baja, se descuenta un tratamiento expeditivo en el Senado, donde alcanzó una reunión en cada caso para recibir a funcionarios y firmar el dictamen.

Ganancias: cambios claves

En el caso de Ganancias, el proyecto apunta a que todos los trabajadores y jubilados que ganen menos de 150 mil pesos brutos no paguen el impuesto a las Ganancias; la medida beneficiará a alrededor de 1.267.000 personas.

El beneficio será retroactivo al 1 de enero y el aguinaldo quedará exento del pago del tributo. Además, se establece la deducción del concubino -actualmente se permite sólo el cónyuge- y se mantiene el diferencial del 22% que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable.

En el caso de los jubilados, todos aquellos que perciban ingresos distintos al haber jubilatorio, como por ejemplo una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, podrán acceder igualmente al beneficio de la deducción de Ganancias, que pasa de seis a ocho haberes mínimos.

También se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40% de la ganancia no imponible -67.000 pesos al año, es decir 5.590 pesos mensuales-.

Además, se aumentará la deducción por hijo con discapacidad -sin límite de edad- y se prorrogará hasta el 30 de septiembre de este año la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud y recolectores de residuos, debido a la pandemia del Covid-19.

En los últimos cambios, se introdujo la posibilidad de deducción del “bono por productividad, falla de caja o concepto de similar naturaleza hasta un monto equivalente del 40% de la ganancia no imponible” con “efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración bruta no supere la suma equivalente a 300 mil pesos mensuales inclusive”.

Además, se sumó la exención para el personal militar de los suplementos vinculados a la “actividad arriesgada, título terciario, y zona y ambiente insalubre o penoso”.

Otro de los cambios sustanciales es que se faculta al Poder Ejecutivo a “disponer una actualización de los topes mínimos, en función de la evolución que tengan los salarios” para evitar que “con el tema de las paritarias pueda producirse una situación en la que trabajadores que inicialmente están excluidos pasaran a estar incluidos”.

A pedido del radicalismo, se incluyó que las asignaciones a expresidentes, presidentes y vicepresidentes paguen el impuesto a las Ganancias; y la deducción de “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora” y “el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización”.

Monotributo

Se trata de la iniciativa para atender la situación de los contribuyentes que fueron excluidos del régimen simplificado y que al pasar al régimen general acumularon deudas fiscales difíciles de afrontar, por un total de 20.000 millones de pesos.

Lo que se busca es resolver el problema transitorio de actualización del monotributo durante 2021 como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional, subsanando cualquier inconveniente referido a las recategorizaciones de manera automática.

En el caso de la reforma del régimen de monotributo, el proyecto contempla que los monotributistas que se conviertan en autónomos podrán experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

Así, aquellos contribuyentes con facturación excedida en hasta un 25% tendrán la opción de mantenerse en el monotributo por el período 2021.

En tanto, quienes tengan una facturación excedida en más del 25% y que pasaron voluntariamente al régimen general tendrán una deducción del IVA del 50% en el primer año, del 30% en el segundo y del 10% en el tercero.

Fuente: iprofesional.com