Ganancias. Actualización de la R.G. (AFIP) Nº 830/00

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Cambios en retenciones por pagos a profesiones liberales u oficios.

Modifican el Anexo VIII de la R.G. (AFIP) N°830/00, previendo para las “profesiones liberales y oficios”: un nuevo código de régimen, el 119, un monto no sujeto a retención de $ 160.000, y la aplicación de un % a retener para no inscriptos del 28% y una nueva escala de retención específica en el caso de inscriptos. Aplicación: a partir del 01/10/23, inclusive. IMPORTANTE: hasta el 31/12/2023 podrá utilizarse el código de régimen 116, considerando los montos no sujetos a retención y la escala y alícuotas aplicables al nuevo código de régimen 119.

Resolución General (AFIP) Nº 5423/2023 (BO 27/09/2023)

Fuente: Lisicki Litvin