Establecen que el prefijo para la asignación de los números del CUIL, CUIT, CDI, CIE y Clave de Identificación Especial, de las personas humanas -sea 20, 23, 24 o 27-, por parte ANSES y AFIP, se asignará de forma aleatoria siendo el mismo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género. Las personas amparadas por la Ley de Identidad de Género podrán solicitar -por única vez- su sustitución por una clave otorgada en los términos de la presente norma.
Resolución General (AFIP) Nº 5007/2021 (BO 10/06/2021)
Fuente: Lisicki Litvin