Ganancias

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Reglamentación del procedimiento para efectuar las retenciones a empleados, jubilados y pensionados conforme las modificaciones de la Ley Nº 27.617.

Modifican la R.G. (AFIP) Nº 4003/17 implementando la deducción adicional para quienes perciban haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a 0, y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto supere la suma de $ 150.000 mensuales, pero no exceda de $ 173.000 mensuales, se implementa una deducción especial incrementada conforme el tramo en el que se ubique la referida remuneración y/o haber bruto mensual o promedio en la tabla del Anexo IV.

Resolución General (AFIP) Nº 5008/2021 (BO 15/06/2021)

Fuente: Lisicki Litvin