IMPOSITIVAS – Ya es oficial la nueva ley de alivio fiscal: resta la reglamentación de la AFIP

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El Senado aprobó y convirtió en ley, el alivio fiscal para entidades sin fines de lucro con el objetivo de favorecer a la mayor cantidad de contribuyentes

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.653 de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID – 19.

La norma fue convertida en ley por el Senado. La norma implementa un alivio fiscal para entidades sin fines de lucro con el objetivo de favorecer a la mayor cantidad de los contribuyentes más afectados con el menor costo fiscal posible, principalmente clubes de barrio, bibliotecas, cuarteles de bomberos, ONGs y sociedades de fomento.

El alivio fiscal es ley ya es oficial

Con un tratamiento breve, el Frente de Todos y Juntos por el Cambio lograron consensuar y avalaron en el Senado la media sanción de Diputados.

A su turno, el jefe del bloque oficialista, José Mayans, ponderó lo hecho por la Cámara de Diputados para consensuar la iniciativa aprobada contrarreloj, y luego destacó el valor de esa iniciativa para sectores muy castigados por la pandemia. En tono acuerdista, el formoseño confesó: “Yo si fuese el que tuviera que tomar una decisión, diría: ‘a partir de acá, porque tenemos una buena recaudación, se está recuperando, pondría ‘de acá para atrás, querido no debés más nada’. Haría eso, porque hay gente que no puede volver a pagar”.

“Esa es la parte donde tenemos que ponernos de acuerdo en algún momento todos nosotros”, remarcó. Luego ponderó la permanencia de los integrantes de Juntos por el Cambio en sus bancas, dando quórum, ya que al principio no habían dado su acuerdo para el tratamiento de ese proyecto que no habían tenido tiempo de estudiar, pues salió de Diputados en la mañana del miércoles. “Les agradezco el hecho de que ustedes permanezcan, para darnos el quórum -dijo Mayans-, porque hay que reconocer que no votaron los 2/3, para poder ayudar a esta gente que está necesitando esto”.

“Se trata de deuda de gente que está en situación de emergencia”, reiteró, y concluyó reiterando que “tenemos la suerte de que hay comprensión en este tema. No hay otra, si no nos ayudamos entre todos nosotros, la verdad que la cosa va a estar muy dura. Me alegro mucho que podamos tratar este tema y lo podamos convertir en ley. Va a ser una buena noticia también para los diputados, que lo aprobaron a las 7 de la mañana”.

Mayans terminó repitiendo su beneplácito por la actitud de la oposición: “Agradeciendo la postura del bloque opositor de no dejarnos sin quórum, votamos a favor”.

En el debate, el senador mendocino Julio Cobos (Juntos por el Cambio) sostuvo que desde ese espacio opositor están “de acuerdo con este proyecto de alivio fiscal. Estamos dispuestos a acompañar porque venimos de una pandemia en la que no pudimos compatibilizar la salud, la educación y la economía y por eso tenemos que recomponer con todo lo que se padeció”.

“Con esto estamos tratando de corregir y enmendar. Pero el problema de fondo en el país es estructural y eso lo tenemos que solucionar. Lo mejor es la tasa bancaria de un dígito, la inflación de un dígito y unificar la cuestión cambiaria. Todo no anda por la inflación más allá de las cuestiones federales”, remarcó Cobos.

El miembro informante, el senador riojano Ricardo Guerra (Frente de Todos) explicó que con esta iniciativa “un conjunto de pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro podrán afrontar la próxima etapa de recuperación económica”.

“El rol del Estado será trascendental en esta nueva etapa de recuperación post pandemia y por eso nuestro espacio una vez más propone un alivio como ayuda a estos espacios más golpeados”, cerró Guerra.

En Diputados, con 198 votos a favor, se aprobó también por unanimidad el proyecto de ley que comprende deudas vencidas hasta agosto pasado, por un monto total inferior a $100.000.

Alivio fiscal y moratoria: claves del proyecto de ley

Se trata de un alivio fiscal impulsado por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, que busca favorecer a la mayor cantidad de los contribuyentes más afectados con el menor costo fiscal posible, principalmente clubes de barrio, bibliotecas, cuarteles de bomberos, ONGs y sociedades de fomento.

La iniciativa, que busca un alivio fiscal y dar una señal clara para la salida de la pandemia, fija que se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a 100.000 pesos para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscritas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

Además, se propone la condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA pero que deban menos de $100.000.

También señala que “la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/o multas y demás sanciones y no comprende los siguientes conceptos: aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

En los fundamentos se afirma que “hay 3 millones de contribuyentes (sin considerar los 4,1 millones de monotributistas), de los cuales 900 mil tienen deuda líquida y exigible con AFIP (es decir, deuda que está en condiciones de ser ejecutada) y, entre ellos, 600.000 tienen obligaciones inferiores a $ 100.000 y acumulan una deuda total de $ 13.000 millones”.

Con un esfuerzo fiscal proyectado de $ 13.000 millones se deja en cero la deuda líquida y exigible de 600 mil contribuyentes (un promedio de $ 21 mil por contribuyente) por lo cual “es una medida extraordinaria para una situación extraordinaria”, y no se incluyen a los monotributistas que “fueron beneficiados con la reciente ley para el sector”, resaltaron.

Quiénes accederán a la nueva moratoria fiscal

Según el texto aprobado en el recinto, se condonarán las deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social para 6727 entidades sin fines de lucro. Los beneficiarios serán:

  • Clubes de barrio;
  • Bibliotecas;
  • Cuarteles de bomberos;
  • ONGs;
  • Sociedades de fomento;
  • Cooperativas de trabajo escolar;
  • Fundaciones.

Condonación de las deudas

Además, establece la condonación las deudas de MiPyMES, personas humanas y pequeños contribuyentes, entre ellos monotributistas, según las siguientes condiciones:

  • Aquellos que registren deudas inferiores a los $100.000;
  • Que esas deudas hayan vencido antes del 31 de agosto último;

Para este segmento quedan excluidos del perdón los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, cuotas de ART y retenciones y percepciones impositivas practicadas y no ingresadas.

Reapertura de la moratoria fiscal

Además, la Ley reabre la moratoria fiscal que estuvo vigente el año pasado para pagar obligaciones impagas hasta el 31 de agosto de 2021, incluidos los planes de pago vigentes y deudas de planes que hayan caducado antes de fin de agosto. De esta manera, se habilita a regularizar sus deudas a los contribuyentes que incumplieron con la moratoria anterior.

Fuente: iprofesional.com