IMPOSITIVAS – AFIP dispuso la simplificación de trámites de reintegro del IVA a exportadores

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La medida se estableció a través de la resolución general 5173/2022, publicada  en el Boletín Oficial y “facilita la tramitación de las solicitudes de acreditación, transferencia o devolución del beneficio fiscal”, indicó la AFIP en un comunicado.

AFIP dispuso la simplificación de trámites de reintegro del IVA a exportadores.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la unificación a partir del 1º de julio próximo del Sistema Integral de Recupero (SIR) que en una primera etapa se instrumentará con la simplificación de los trámites de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los exportadores.

La medida se estableció a través de la resolución general 5173/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial y “facilita la tramitación de las solicitudes de acreditación, transferencia o devolución del beneficio fiscal”, indicó la AFIP en un comunicado.

En los considerandos de la resolución, el organismo evaluó “satisfactoriamente” la implementación del SIR y en virtud de esa experiencia favorable se procedió a “habilitarlo de manera general para iniciar la incorporación de distintos regímenes de recupero de gravámenes vigentes o a crearse”.

De esa forma, continuó, se seguirá “mejorando la dinámica de cobro de los créditos fiscales y de los procedimientos para formalizar las solicitudes”, así como “garantizar una administración ágil, sin papeles y simplificada en cuanto a la carga de información” que “permite la interacción en tiempo real con las bases de datos del organismo, aumentando y optimizando los procesos de control”.

La habilitación general se hará de manera gradual y “en una primera etapa se procederá a incorporar al SIR el régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables”, lo que implica sustituir la resolución general 2002/2006 y sus modificatorias.

La AFIP destacó en su comunicado que “las modificaciones introducidas mejoran la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios”.

“La habilitación del SIR permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales, simplificar los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos”, añadió el ente recaudador.

La instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio, pero entre abril y junio la AFIP recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias.

Fuente: ambito