El ministro de Economía, Martín Guzmán, ya confirmó que el Gobierno planea implementar un nuevo impuesto. Se tratará de “un mecanismo para poder capturar parte de la renta inesperada producto no de inversiones, sino del shock que implica la guerra en Ucrania”.
Será un impuesto para grandes empresas con ganancias netas imponibles en términos absolutos superiores a los $1.000 millones en el año.
De ser aprobado, se convertiría en el tributo número 22 creado o modificado durante el mandato del presidente Alberto Fernández.
Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, realizó un informe que recopila los impuestos que fueron creados o modificados desde 2019.
Los impuestos que se crearon o aumentaron con Alberto Fernández
1 – Creación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)
Se trata de un recargo del 30% sobre el precio de cualquier operación de compra de dólares, ya sea para atesoramiento como para el pago de consumos en moneda extranjera hecho con pesos, tarjeta de crédito, débito u otra forma de pago.
Para el caso de servicios digitales, como la provisión de servicios de streaming online, la alícuota fue fijada en el 8 por ciento.
2 – Bienes Personales
También se implementó un aumento en las alícuotas del Impuesto a los Bienes Personales. Pasó de un mínimo de 0,25% y un máximo de 1,25% a un mínimo de 0,5% y un máximo de $156.250 más 1,25 por ciento.
Además, para tenencias fuera del país la alícuota máxima subió a 2,25%. Y, como agregado, se mantuvo sin cambios el mínimo no imponible a partir del cual se paga el tributo de $2 millones.
3 – Impuesto al Valor Agregado sobre productos de la canasta básica de alimentos
El 31/12/2019 venció la alícuota del 0% sobre determinados productos de la canasta básica que había sido introducida por decreto del Gobierno anterior.
De esta forma, los productos volvieron a estar gravados al 10,5% y al 21% en las ventas a consumidores finales.
4 – Costos laborales
La Ley de Solidaridad también estableció un aumento de impuestos para el empleo.
En primer lugar, la Ley derogó la obligación que tenía el Estado de actualizar por inflación -un 53,8%- el mínimo no imponible para contribuciones patronales que estaba en $7.003. Al mantenerlo por un año más en ese nivel, hubo un aumento en los costos de los empleadores por efecto de la inflación.
Pero además, previo a esa Ley, la normativa fijaba una convergencia gradual de la alícuota de contribuciones patronales al 19%, lo que implicaba una suba para las pequeñas y medianas empresas más una baja para las empresas más grandes.
La Ley de Solidaridad interrumpió esa convergencia deteniendo la suba para pymes en el 18%, desde el 17% previo -así evitó una suba mayor- mientras que congeló en el 20,4% la alícuota para empresas grandes, para las que estaba prevista una baja.
5 – Impuesto a las Ganancias para sociedades
La Ley de Solidaridad también estableció cambios en el Impuesto a las Ganancias para sociedades. El texto postergó la aplicación de la tasa del 25% para sociedades prevista para este año por un año más, lo que es lo mismo que decir que extendió un año más la tasa del 30%. Eso pesó sobre la distribución de utilidades.
6 – Impuesto al cheque
La Ley de Solidaridad también duplicó el Impuesto a los Débitos y Créditos -Impuesto al cheque- para el retiro de efectivo en caja para empresas, pasó del 0,6% al 1,2% entre las actividades sometidas a la alícuota máxima.
7 – Retenciones a las exportaciones
El Gobierno decidió un aumento de las retenciones a las exportaciones para distintos sectores, con los impuestos a las exportaciones de soja como principal exponente. El cambio fue gradual.
Primero, se elevaron al 30% desde el esquema de monto fijo previo heredado de la administración de Mauricio Macri. La Ley de Solidaridad amplió al 33% la alícuota máxima que se puede aplicar a esos hechos imponibles y, este año, el Gobierno llevó la alícuota al máximo que se había permitido. Los cambios, con distintos niveles de alícuota, afectaron también a la minería, los hidrocarburos, servicios y otros sectores exportadores.
Estas medidas se revirtieron en forma parcial y temporal, cuando se decidió una baja de algunos puntos adicionales a la alícuota máxima.
8 – Ajuste por inflación
La Ley de Solidaridad también afectó al ajuste por inflación. Según la normativa vigente, las empresas pueden computar los quebrantos que les causa la inflación sobre sus resultados hasta un tope. Los excedentes por sobre ese tope se pueden computar en años venideros, los siguientes “períodos fiscales”.
Hasta 2019, se podía imputar en tercios dentro de 3 períodos fiscales y, luego de la Ley de Solidaridad, pasó a poder imputarse en sextos: a lo largo de seis años. Así, el impacto de la inflación en los resultados sujetos a impuestos se licúa a lo largo del tiempo, lo que en los hechos es un costo financiero para las empresas en favor del fisco.
9 – Recargo del 35% a compras de dólares
La AFIP diseñó una percepción a cuenta del Impuesto a las Ganancias o el Impuesto a los Bienes Personales para la compra de divisas, ya sea para atesoramiento como para concretar consumos en moneda extranjera.
La percepción llevó del 30% al 65% el recargo por la compra de dólares, si se tiene en cuenta el Impuesto PAIS que ya se aplicaba a las mismas operaciones.
10 – Suba de Impuestos Internos a electrónicos
A través de la Ley de Presupuesto 2021 se aumentan los Impuestos Internos sobre productos tecnológicos.Los Impuestos Internos que pesan sobre celulares y otros electrónicos pasarán del 7% al 17%, en general, y del 0% al 6,55% para los producidos en Tierra del Fuego, a partir de enero próximo.
11 – Fondo de Incentivo Docente
El Presupuesto 2021 también contempló el regreso del Fondo de Incentivo Docente. Se trata de un tributo destinado a financiar mejoras salariales para docentes establecido por el ex presidente Carlos Menem.
12 – Suba del impuesto a las apuestas online
La Ley de Presupuesto 2021 también estableció un aumento de impuestos sobre las apuestas online. La Ley establece una suba del 2 % al 5 % en el impuesto al juego online.
El tributo se aplica a cualquier transacción por apuesta realizada de forma digital, mientras que el gravamen será del 10% para aquellas empresas que operen desde países “no cooperantes o de baja o nula tributación”, los conocidos como paraísos fiscales.
13 – Contribución sobre las primas de seguros automotores
La Ley de Presupuesto 2021 también creó una contribución obligatoria de 0,5% sobre las primas de seguro automotor correspondientes a las pólizas contratadas con entidades de seguros sobre todos los vehículos afectados a servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción nacional y que tendrá como destino la Comisión Reguladora del Transporte.
14 – Contribución sobre las primas de seguros para el manejo del fuego
La Ley de Presupuesto 2021 también creó el denominado Fondo Nacional del Manejo del Fuego, que estará compuesto, entre otros conceptos, por una contribución obligatoria del 3 por mil de las primas de seguros (excepto las del ramo vida), a cargo de las aseguradoras. Tal contribución no puede ser trasladable a las primas a abonar por los tomadores, y deberá ser liquidada por las compañías de seguros a la Superintendencia de Seguros de la Nación.
15 – Impuesto a la Riqueza
El impuesto extraordinario al patrimonio aplicó alícuotas progresivas del 2% al 3,5% y, en el caso de bienes en el exterior, de alícuotas proporcionales del 3 al 5,25%
16 – Impuesto a las Ganancias para la sociedad. Segunda parte
Luego de la postergación indicada, a través de la Ley 27.630 se modificó la ley estableciendo una alícuota progresiva.
Se aplica una alícuota del 25% para las ganancias netas imponibles acumuladas de hasta $5.000.000; para las ganancias de entre $5 millones y $50 millones se abona un monto fijo de $1.250.000 y una alícuota del 30% sobre el excedente; y quienes tienen una ganancia mayor a $50 millones abonan un monto fijo de $14.750.000 más una alícuota del 35% sobre el excedente de ese monto.
De esta forma, se incrementó la presión fiscal aplicando alícuotas del 30% y del 35%, según el tramo de la ganancias que corresponda. A su vez, en todos los casos, al distribuir dividendos se retiene un 7%.
17 – Impuesto al cheque. Segunda parte
Se modificaron las exenciones del impuesto al débito y crédito para gravar a las determinadas cuentas de pago.
18 – Impuesto al cheque. Tercera parte
Se modificaron las exenciones para gravar movimientos de fondos que estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares.
19 – Bienes Personales- segunda suba
Se aprobó una nueva suba de Bienes Personales con las siguientes características: se incrementa el impuesto del 1,25% al 1,5% para el tramo de bienes en el país entre $100.000.000 y hasta $300.000.000; se incrementa el impuesto del 1,25% al 1,75% para el tramo de bienes en el país por montos superiores a $300.000.000; y se gravan permanentemente los bienes en el exterior con alícuotas diferenciales que van del 0,70% al 2,25% dependiendo del monto total de bienes en el país y en el exterior.
20 – Bienes Personales – tercera suba
La AFIP ha dado a conocer que cambió su criterio respecto al valor fiscal de los inmuebles de la ciudad de Buenos Aires que deben considerarse a los efectos de la valuación del impuesto sobre los bienes personales.
Esto implica multiplicar por cuatro el valor que se venía considerando y que incrementará, en la mayoría de los casos, el impuesto a ingresar especialmente por la clase media.
21 – Bienes Personales – cuarta suba
El Gobierno se comprometió con el Fondo Monetario Internacional en uniformar las valuaciones fiscales de los inmuebles de todo el país para el mes de septiembre de 2022 previo acuerdo con las Provincias y CABA.
El objetivo es que ese incremento de las valuaciones generé mayor recaudación del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2022.
Fuente: iprofesional