IMPOSITIVAS – Monotributo: los buenos cumplidores no pagarán el componente impositivo desde mayo: estas son las claves

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Según la categoría, los monotributistas de la categoría A estarán exentos del impuesto integrado de mayo a octubre, aunque pagarán a la seguridad social

Los monotributistas que pudieron acreditar la condición de “buenos cumplidores” pagarán menos cuota a partir del próximo mes de mayo durante 6 a 2 meses, según la categoría.

En el caso del beneficio para Monotributo, se exime de pagar únicamente el componente impositivo de la cuota. Es decir, a partir de mayo y por la vigencia del beneficio se abonará de todos modos el componente jubilatorio y el aporte a la obra social, precisó Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple.

El beneficio a buenos cumplidores punto por punto

Sosa enumeró las siguientes claves del beneficio que se comienza a percibir en mayo:

1. Plazo

El beneficio se aplicará a partir del período fiscal mayo de 2022, según la categoría en la que se encuentre registrado el contribuyente a la fecha de la solicitud.

  • Las categorías A y B del Monotributo dejarán de pagar el componente impositivo entre mayo y octubre.
  • Las categorías C y D, de mayo a septiembre.
  • Las categorías E y F, de mayo a agosto.
  • Las categorías G y H, de mayo a julio.
  • Y las categorías I, J y K, tendrán el beneficio en los meses de mayo y junio.
El beneficio de buenos cumplidores se goza desde mayo 2022

Los números del beneficio para buenos cumplidores

2. Monto

El límite del beneficio será de $25.000 para todas las categorías. Si el componente impositivo del Monotributo es superior a dicho monto, se deberá ingresar la diferencia mediante transferencia electrónica de fondos.

De todos modos, hasta que medie una actualización, el componente impositivo máximo para la categoría H de servicios es de $11.862,69 y para la categoría K de venta de bienes muebles, de $20.018,33.

En esa escala, los monotributistas pagarán de todos modos por los componentes de la seguridad social $5,071,9 en la categoría K de bienes muebles y $1.582,91 en la categoría H de servicios.

Para la categoría A, sólo se eximen $288,07 por el componente impositivo, mientras igual se pagarán $3.045,54.

Esto es así porque el componente previsional va de $1.270,99 en la categoría A para $2.251,64 en la categoría H de servicios y $3.296,62 de la categoría K de cosas muebles. El aporte a la obra social para todos los monotributistas es de $1.775,18 desde enero de este año.

Cómo se hace efectivo el beneficio para los monotributistas

3. Débito automático

Para aquellos contribuyentes que abonen su cuota a través del débito automático, AFIP informará a las entidades bancarias para que estas resten el beneficio del valor impositivo del importe habitual, por lo que no se deberá pedir un Stop Debit.

El Stop Debit consiste en detener la opción del débito automático del pago de un servicio o tarjeta de crédito en un mes particular. Se puede solicitar hasta un día antes de la fecha del débito automático, pero sólo es válido por una única vez (ese mes puntual).

Para los monotributistas que pagan por débito automática, la AFIP informa al banco

Quiénes son los buenos cumplidores para AFIP

4. Condiciones del beneficio

Para acceder al beneficio de contribuyentes cumplidores, se debió hacer una presentación hasta el 18 de de este mes.

Se denomina contribuyente cumplidor a los que hayan presentado las declaraciones juradas de los impuestos en los cuales se encuentren inscriptos y no tengan deudas exigibles entre el 1 de enero de 2018 y el 11 de noviembre de 2021.

Entre los requisitos se encuentran tener la CUIT activa, tener actualizado el código de actividad desarrollada y estar adherido al domicilio fiscal electrónico.

El beneficio para responsables inscriptos en Ganancias

El beneficio para buenos cumplidores es aplicable también a responsables inscriptos en el Impuesto a las Ganancias, recordó el contador Hernán D’Agostino, pero agregó que no aplica a jubilados ni a empleados en relación de dependencia, ni a quienes tienen su ingreso proveniente del desempeño de cargos públicos.

En este caso, se define como buen cumplidor a aquel contribuyente que al 11 de noviembre de 2021 no registra incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas y en el pago de las obligaciones fiscales desde el 1 de enero de 2018.

Para los inscriptos en el Impuesto a las Ganancias hay dos posibilidades de aplicar el beneficio para buenos cumplidores, precisó D’Agostino:

En el período 2021, una deducción adicional por el 50% del mínimo no imponible.

Micro y pequeñas empresas: amortización acelerada.

  • Como mínimo 2 cuotas para bienes muebles amortizables.
  • Como mínimo 3 cuotas para bienes muebles importados.
  • Como mínimo el 50% de la vida útil para obras de infraestructura.
  • Inversiones desde el 11 de noviembre de 2021 al 31 de diciembre de 2022.

Pero, indicó D’Agostino, se debe elegir entre esas posibilidades, porque no son acumulativas, y si se trata de un monotributista inscripto en el Impuesto a las Ganancias, se puede optar por un solo beneficio: en Monotributo o en Ganancias.

Fuente: iprofesional