CONSEJO DE ADMINISTRACION PROVINCIAL
Resolución General
N° 56-DIC/16
VISTO
Lo dispuesto en el art. 63 de la Ley N° 11.085, y
CONSIDERANDO
Que el importe del Subsidio por Fallecimiento debe ser fijado anualmente por el Consejo de Administración.
Que corresponde establecer el importe del Subsidio por Fallecimiento para el año 2.017.
Que razones de equidad aconsejan mantener la referencia al haber básico garantizado que le hubiera correspondido al causante para fijar el importe del subsidio, con lo cual se asegura, además, su determinación en módulos.
Por ello,
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE LA
CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PROFESIONALES EN
CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE:
Artículo 1°: Fijase el importe de Subsidio por Fallecimiento establecido en el Artículo 63 de la Ley N° 11.085, para el año 2.017, en la cantidad de módulos equivalente al duplo de la que le hubiere correspondido al causante como haber básico garantizado y a los valores vigentes a la fecha en que el pago sea puesto a disposición de los beneficiarios.
Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a los afiliados y archívese.
Santa Fe, 15 de diciembre de 2016.