Régimen de fomento de inversiones para exportaciones de las actividades de la economía del conocimiento – Ley Nº 27.506.
Aprueban el “Régimen de fomento de inversiones para exportaciones de las actividades de la economía del conocimiento” para inversiones en infraestructura, bienes de capital y capital de trabajo (salarios), destinadas a la puesta en marcha de nuevos proyectos o ampliación de los existentes. Tendrán como beneficio, tanto para sujetos inscriptos o no en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento -Ley N° 27.506-, la excepción del requisito de liquidación en el MLC de un monto de libre aplicación de hasta un 20% de las divisas ingresadas. En tanto para los sujetos inscriptos en el mencionado Registro, para el caso en que incrementen sus exportaciones, podrán acceder a un incentivo equivalente a un monto de libre disponibilidad de un 30% de las divisas ingresadas por las exportaciones netas incrementales a ser aplicado al pago de las remuneraciones. Las empresas que ingresen las divisas generadas por exportaciones podrán transferir el bono de crédito fiscal por única vez -arts. 8º y 9º de la Ley Nº 27.506.
Decreto (PE – DNU) Nº 679/2022 (BO 11/10/2022)