Nueva extensión de la vigencia del plan de pago de Ganancias y Bienes Personales y las mejores condiciones del régimen de facilidades de pago permanente.
Extienden hasta el 31/12/2022, inclusive: (i) la aplicación de las condiciones más favorables relativas a la cantidad de planes admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente -R.G. (AFIP) Nº 4268/18; y (ii) el plazo para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago R.G. (AFIP) Nº 4057/17 (Miniplan), regularicen sus obligaciones de ganancias y/o bienes personales, sin considerar la categoría del SIPER, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.
Resolución General (AFIP) Nº 5295/2022 (BO 01/12/2022)
Fuente: Lisicki Litvin