RT 54 (NUA) – Definición de los montos de ingresos para la calificación de los entes.

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Informamos que por Resolución de Presidencia 3/2022 se aprobó la Resolución de JG 608/2022 “Definición de los montos de ingresos incluidos en el alcance de la Resolución Técnica N° 54 Normas Contables Profesionales: Norma Unificada Argentina de Contabilidad para calificar como Entidad pequeña y Entidad Mediana”. La mencionada Resolución determina los importes que una entidad deberá considerar para aplicar los párrafos 6 y 7 de la Resolución Técnica N°54:

  • –   Se considerará que una entidad califica como entidad pequeña siempre que, en el ejercicio inmediato anterior, no haya obtenido ingresos superiores a la suma de seiscientos cincuenta millones de pesos ($ 650.000.000).
  • –  Se considerará que una entidad califica como entidad mediana siempre que, en el ejercicio inmediato anterior, haya obtenido ingresos  superiores a los seiscientos cincuenta millones de pesos ($ 650.000.000) y menores o iguales a los tres mil doscientos cincuenta millones de pesos ($3.250.000.000).

Estos valores están expresados en poder adquisitivo de octubre de 2022 y, desde la entrada en vigencia de la Resolución Técnica N° 54, serán actualizados mensualmente por el coeficiente que refleje la variación del índice de precios de la FACPCE.

Recordamos que la NUA resultará de aplicación obligatoria para la preparación de estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1/1/2024 inclusive, y los períodos intermedios comprendidos en los referidos ejercicios. No obstante, se admite la aplicación anticipada para la preparación de estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1/1/2023 y los períodos intermedios comprendidos en estos ejercicios.

Ver Res. JG N° 608/2022
Ver Res. Presidencia N° 3/2022