Los contribuyentes a los que el giro del negocio no les alcance para pagar los impuestos tienen un nuevo atajo, ya que la AFIP mejoró las cuotas de los planes de pago permanentes y redujo las tasas de interés respecto de las que cobra normalmente por los atrasos.
Con la Resolución General 5321/2023 de la AFIP, publicada este martes en el Boletín Oficial, se modificaron el plan de pago permanente y lo que se conoce como “mini plan”, que son las cuotas para pagar los impuestos anuales de personas por Ganancias y Bienes Personales.
“Ahora, si no podés pagar la deuda con la AFIP, para que no siga corriendo el interés resarcitorio, te conviene ingresar a un plan de pago permanente para tener una tasa inferior”, afirmó Sergio Biller, asesor tributario de González Fischer y Asoc.
Cómo son los nuevos planes de facilidades de pago
El nuevo esquema contiene novedades que implican mejoras frente a los planes vigentes, ya que otorga un máximo de 12 cuotas, frente a las 8 cuotas de lo que existía hasta ahora, para las pequeñas empresas con certificado de la Secretaría Pyme, indicó Biller.
Para los planes de pago anuales, que reemplazan al “mini plan”, la AFIP prevé para los pequeños contribuyentes un pago a cuenta de 25% de la deuda y 6 cuotas como máximo, mientras antes eran 3 cuotas para todos los contribuyentes, explicó.
Los nuevos planes también se benefician de una menor tasa de interés que queda fija y que se consolida para todo el plan. Esa tasa será de 90% del interés resarcitorio vigente en el momento de tomar el plan, que actualmente es de 5,91%, informó.
Los beneficios quedan graduados según la escala de pyme de que se trate y también por el perfil de riesgo, donde la escala de riesgo 1 corresponde a A, B y C del sistema SIPER, y la escala de riesgo 2 se refiere a nivel de riesgo D, E y no categorizados del SIPER, aclaró Tributum.news.
De todos modos, sólo se pueden tomar hasta 10 planes permanentes simultáneos, 1 por obligación en los planes anuales y 1 por mes en el Monotributo.
También se crean planes especiales para contribuyentes afectados por la emergencia de la cuenca del río Paraná o de la zona de emergencia ígnea, por los incendios de Corrientes del año pasado, advirtió Biller.
Por la declaración de emergencia, los contribuyentes de esas zonas gozaban del diferimiento del pago de impuestos. Ahora esa deuda se podrá saldar en hasta 48 cuotas para los impuestos generales y 24 por pasivos con la seguridad social, en el caso de las mipymes, puntualizó.
Cómo se gradúan los beneficios para las pymes
Podrán adherir a planes de facilidades de pago de la AFIP quienes tengan perfiles de riesgo 1 y 2. Los pequeños contribuyentes y pequeñas y medianas empresas tendrán más cuotas y menores tasas, seguidas por las pymes tramo 1.
Para el plan de pago de los impuestos anuales de Ganancias y Bienes Personales, de las personas y que vencen en junio próximo, la gradación de beneficios es la que sigue:
1. Pequeños contribuyentes tendrán un pago a cuenta de 25% de la deuda y 6 o 4 cuotas según el perfil de riesgo, con una tasa máxima fija de 90% del interés resarcitorio vigente.
2. Los que estén registrados en la Secretaría Pyme como medianas empresas tramo 1 y 2 tendrán 4 y 3 cuotas.
- Las pymes tramo 1 tendrán una tasa máxima fija consolidada de 95% del interés resarcitorio que correspondería y para las pymes tramo 2, el interés no se reduce.
- El pago a cuenta será de 25% para las pymes tramo 1 y 30% para las pymes tramo 2.
3. Los demás contribuyentes tendrán un adelanto de 35% de la deuda y 3 y 2 cuotas, según el perfil de riesgo. La tasa de interés resarcitorio no se reduce.
También se incluyen, con distintas condiciones, las deudas aduaneras, con 18 cuotas para todos los contribuyentes, y las que están en proceso de fiscalización, con 36 cuotas también en todos los casos. Con ciertas particularidades, se incluyen asimismo deudas en discusión administrativa o judicial.
Qué beneficios hay para monotributistas y autónomos
El Monotributo puede adherir a un plan por mes, mientras que para los planes de facilidades de pago generales sólo se podrán pedir 10 planes simultáneos.
Las cuotas para todos los monotributistas son 20, sin un adelanto a cuenta, pero la tasa de financiación varía según la categoría que marque su inscripción en la Secretaría Pyme. La tasa máxima fija consolidada será 90% del interés resarcitorio que aplique la AFIP.
Para monotributistas categorizados como pymes tramo 1, la tasa será de 95%, y para los que se registraron como pymes tramo 2, no habrá recorte en el interés resarcitorio
Para qué clase deudas se pueden tomar planes de pago
Los planes de pago se pueden tomar para obligaciones: impositivas, previsionales, multas y cargos aduaneros, precisó Tributum.news y agregó que quedan excluidas retenciones, percepciones y anticipos y/o pagos a cuenta.
También quedan excluidos IVA servicios digitales, obras sociales, ART, cigarrillos, planes de pago vigentes (excepto en caso de fiscalización), régimen simplificado de Ingresos Brutos, sus intereses y multas (excepto intereses de capital cancelado), entre otros, agregó.
Como condición para poder incluir los impuestos en planes de pago, la CUIT debe estar activa sin limitaciones y las declaraciones juradas determinativas correspondientes deben haber sido presentadas, alertó. Para adherir al plan de pagos se debe ingresar al servicio “Mis Facilidades”, opción “RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”, concluyó Tributum.news
Fuente: iprofesional