Convenio Multilateral

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Ratifican la Disposición de la Comisión Arbitral que previera plazo para considerar el pago en término del anticipo de febrero 2023.

Ratifican la Disposición (CA) Nº 4/2023, mediante la cual se tuvo por realizado en término, hasta el 14/03/2023, el pago del anticipo de febrero/2023 (mensual y segunda quincena –terminación 0 al 9-) por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR.

Resolución General (CA) Nº 3/2023 (BO 18/04/202

Fuente: Lisicki Litvin