Los sujetos que suscriban acuerdos de precios para el mercado local con la SECRETARÍA DE COMERCIO, o adecúen aquellos hoy vigentes, podrán gozar hasta el 31/10/2023, inclusive, de beneficios que incluyen la suspensión del pago de cargas que pudieran recaer sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la importación de ciertas mercaderías, la reducción al 0% de la alícuota del derecho de exportación para dichas mercaderías y la prórroga de vencimientos para el pago de adelantos de impuestos y obligaciones de seguridad social.
Decreto (PE) Nº 433/2023 (BO 26/08/2023)
Fuente: llyasoc.com