El nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (Sedi) modifica el sistema de importaciones que funcionaba hasta el momento conocido como Sistema de Importaciones de la República Argentina (Sira), con el objetivo de implementar un mecanismo “transparente y no discrecional”.
Oficializado el martes mediante la resolución conjunta 5466/23 de la Secretaría de Comercio y la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), el Sistema Estadístico de Importaciones elimina “las trabas al comercio basadas en la discrecionalidad, desarmando posibles nichos de corrupción, y se ajusta el sistema a los estándares internacionales de la OMC respecto de la administración del comercio”, según explicaron desde la Secretaría de Comercio.
“El nuevo Sedi requerirá declaraciones, pero con el único fin de contar con información estadística y realizar un “análisis eficiente” de las importaciones, para eventualmente adoptar medidas, por ejemplo, de defensa comercial, sin que esto implique “demoras en los sistemas productivos”, se indicó.
El Sira -derogado con la resolución del martes junto al Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (Sirase)- fue un sistema que fue puesto al comienzo de la gestión del ex ministro de Economía, Sergio Massa.
En paralelo, la resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la resolución 523/2017 con lo que a partir de ahora, todas las mercaderías comprendidas en la totalidad de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) con destinación de importación definitiva para consumo podrán ingresar al país sin necesidad de tramitar una licencia de importación.
La normativa para las importaciones establece que:
A partir de ahora se implementará el Sistema Estadístico de Importaciones (Sedi) que tiene el objetivo de obtener información anticipada que ayudará en la matriz de riesgo aduanero.
- Quienes deseen importar deberán completar una Declaración Jurada informativa en el sitio de Afip, en el apartado SEDI.
- Si bien dejarán de existir los bloqueos de la Secretaría de Comercio que no aprobaban las Sira, subsistirán los vinculados a la seguridad y salubridad de las mercaderías, y que se corresponden con análisis técnicos de organismos como Senasa, Anmat, Inal, entre otros.
- Las personas y empresas que hayan importado y que tengan deuda comercial con proveedores deberán registrarse en el llamado “Padrón de deuda comercial por importaciones con proveedores del exterior”, que estará abierto por 15 días corridos desde la publicación de la resolución.
- A los fines de saldar la deuda comercial, a través de la Comunicación A “7918” del Banco Central se instrumentó el llamado Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), que será una de las opciones que se disponibilizarán a los importadores con deuda comercial.