El Impuesto sobre los Bienes Personales se aplicará sobre los inmuebles con un nuevo mínimo no imponible, ajustado por la inflación, de $27,3 millones y $136,8 millones para la casa habitación.
La AFIP también publicó las escalas aplicables para el Impuesto sobre los Bienes Personales sin tener en cuenta el proyecto de ley ómnibus que iguala las alícuotas en el caso de los bienes en el país y en el exterior, las que mantiene de manera diferenciada.
Por otra parte, la ley ómnibus que se discute en el Congreso, y que obtendría dictamen de comisión en la Cámara de Diputados esta semana, incluye una tercera manera de pagar el Impuesto a los Bienes Personales, con un régimen voluntario para adelantar 5 años, fijando el monto imponible.
Cuál será el mínimo no imponible de Bienes Personales para inmuebles
Con el índice de inflación de diciembre, que fue de 25,5%, se actualiza el valor mínimo de los inmuebles que estarán gravados con el Impuesto sobre los Bienes Personales en casos de personas humanas.
Sobre esta información, la AFIP publicó los nuevos valores aplicables para la determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales del período de 2023, tal como sigue:
- Mínimo no imponible general: $27.377.408,28
- Mínimo no imponible para casa habitación: $136.887.041,42
Cómo quedan las escalas del impuesto a pagar en junio
En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales 2023, que se pagará en junio de 2024, la AFIP del gobierno de Javier Milei mantiene la diferencia de escalas para bienes en el país o en el exterior.
La escala de Bienes Personales para sujetos residentes en el país va de 0,75% a 1,75%, alícuota máxima que se aplica a partir de $138.870.414,86.
En cambio, para sujetos residentes en el país con bienes en el exterior, las alícuotas van de 0,7% a 2,25%, con la máxima a pagar sobre un monto que se reduce a $82.132.224,86 millones.
Tanto el mínimo no imponible como los pisos para la aplicación de la escala a los bienes que se declararán en junio próximo se calcula con el nuevo coeficiente diciembre 2017/diciembre 2023 calculado por la inflación de diciembre, el que resultó 28,311.
Qué propone la ley ómnibus para Bienes Personales
La ley ómnibus, que tendría esta semana dictamen de comisiones en la Cámara de Diputados, incluye un “Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).
Se trata de un régimen voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales y todo otro tributo patrimonial (cualquiera fuese su denominación) que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027.
Alcance: se propone el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023 a 2027, en forma unificada, sobre la base imponible determinada al 31/12/2023, sin necesidad de presentar las declaraciones juradas posteriores ni el ingreso de anticipos.
Plazo: el período para el ejercicio de la opción de adhesión al régimen especial es desde la vigencia de la ley y hasta el 31/03/2024 inclusive.
Sujetos alcanzados: el régimen resulta aplicable a personas humanas y Sucesiones Indivisas, responsables sustitutos y sujetos no residentes del país pero que hayan sido considerados residentes en Argentina en períodos fiscales anteriores.
En cuanto a las alícuotas, las personas humanas aplicarán la alícuota del 0,75% y los sujetos responsables sustitutos aplicarán la alícuota del 0,50%.
Fuente: iprofesional