La prórroga del plazo responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas, informó la dependencia oficial.
La decisión fue publicada hoy lunes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General (RG) 5480.
Deberán realizar el trámite los monotributistas cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente en la actualidad.
Para ello, deberán ingresar a monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.
Los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.
A su vez, si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde la recategorización, se precisó.