IMPOSITIVAS – Impuesto a las Ganancias: extienden el plazo para presentar el formulario de la declaración jurada

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Según señala el documento, los motivos son brindar “seguridad jurídica a los contribuyentes” alcanzados por el Impuesto a las Ganancias mientras que el Poder Ejecutivo espera la aprobación del Paquete Fiscal en el Congreso.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que se extenderá el plazo para presentar el formulario de declaración jurada F.572 Web a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” correspondiente al período fiscal 2023.

Según la Resolución General 5507/2024 publicada en Boletín Oficial, el plazo que era hasta el 30 de abril se pasará al 31 de mayo inclusive. Al mismo tiempo se extiende el plazo para el cumplimiento por parte de la AFIP de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

AFIP: cuáles son los motivos para extender el plazo

Según señala el documento, los motivos son brindar “seguridad jurídica a los contribuyentes” alcanzados por el Impuesto a las Ganancias mientras que el Poder Ejecutivo espera la aprobación del Paquete Fiscal en el Congreso que será debatido esta semana.

Según la Resolución General 5507/2024 publicada en Boletín Oficial, el plazo que era hasta el 30 de abril se pasará al 31 de mayo inclusive.

AFIP: quiénes son los sujetos alcanzados

Según señala el documento, los sujetos alcanzados son la cuarta categoría proveniente de:

a) Del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares.

b) Del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.

c) De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.

En este caso se exceptúa a los consejeros de las sociedades cooperativas.

Asimismo se encuentran comprendidas en el régimen, las rentas provenientes de los planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.

Por último, se incluye al Impuesto a las Ganancias a cargo de la Asociación Argentina de Actores, respecto a las retribuciones que perciben los actores a través de dicho agente.

SiRADIG AFIP: qué es

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta en su página web con el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG).

La herramienta permite a los trabajadores transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada. Así el trabajador presenta el F. 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.

Fuente: ambito