NACIONALES – El Gobierno reglamenta la reforma laboral: 8 cambios clave que deben saber los empleados y empresas

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La nueva normativa modifica el período de prueba, elimina multas por trabajo informal y redefine el despido por justa causa. Conoce los puntos más importantes que impactarán al mundo laboral.

El Gobierno de Javier Milei anunció la inminente reglamentación de la Reforma Laboral incluida en la Ley Bases. Estos cambios, que buscan desregular y modernizar el mercado laboral, ya están entrando en vigencia y afectan tanto a trabajadores como a empresas. A continuación, un resumen de las modificaciones más relevantes.

Extensión del período de prueba

El período de prueba pasa de 3 a 6 meses, con posibilidades de ampliación. En pymes de hasta 100 empleados, el período puede extenderse a 8 meses, y hasta 1 año para empresas con menos de 5 trabajadores. Durante este tiempo, ambas partes pueden finalizar la relación sin pagar indemnización.

Incorporación del “trabajador independiente”

Se crea la figura del “trabajador independiente”, quien puede contratar hasta 3 empleados sin pagar cargas sociales, siempre que no exista relación de dependencia técnica, jurídica o económica. Los sindicatos han expresado su rechazo a esta modalidad.

Fondo de cese laboral en lugar de indemnización

A través de convenios colectivos, empresas y sindicatos podrán acordar la creación de un fondo de cese laboral que sustituya la indemnización por despido, similar al sistema utilizado en la construcción.

Eliminación de multas por trabajo informal

Se eliminan las multas a empresas por trabajadores no registrados, lo que reduce costos laborales. Sin embargo, quienes sean regularizados podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales.

Derogación de la Ley 25.323

Se eliminan las multas adicionales que las empresas debían pagar por relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, simplificando el régimen sancionatorio.

Cambios en la licencia por maternidad

La Ley Bases mantiene los plazos de licencia por maternidad, pero otorga ahora una opción a la persona gestante para que pueda gozar de mayor cantidad de tiempo con su bebé, una vez ocurrido el nacimiento.

El plazo de prohibición de trabajar para la persona gestante se extiende desde los 45 días anteriores al parto, hasta los 45 días posteriores al nacimiento del menor. Este plazo es el plazo contenido en el artículo 177 de la LCT, pero la Ley Bases establece ahora que la persona gestante podrá optar por la reducción de la licencia anterior al parto, la que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días.

En tal caso, el resto del período de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto, al igual que lo que ocurriría en caso de un nacimiento pretérmino, debiéndose completar siempre los noventa días.

Despido por justa causa

Participar activamente en bloqueos o tomas de establecimientos podrá ser motivo de despido por justa causa. Se incluyen medidas que protegen la libertad de trabajo y el acceso a las instalaciones.

Despido discriminatorio

En casos de despido por discriminación, el empleador deberá pagar una indemnización agravada, que puede ser del 50% al 100% de la indemnización por despido sin causa. Sin embargo, no se contempla la reinstalación del trabajador en su puesto.

Fuente: aire de santa fe