Ganancias. Determinan los vencimientos de los anticipos de ganancias del período fiscal 2024 y de la DDJJ

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Se establece que las obligaciones de ingreso de los anticipos del impuesto a las ganancias del período fiscal 2024, de las personas humanas y sucesiones indivisas, deberán cumplirse, con carácter de excepción, hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT se indican a continuación:


La presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de mayo del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal.

Resolución General (AFIP) Nº 5592/2024 (BO 25/10/2024)

Fuente: Lisicki Litvin