IMPOSITIVAS – Impuesto PAIS: cómo podrán recuperar el saldo no aplicado los importadores en hasta 2 años

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Los importadores podrán aplicar el saldo de impuesto PAIS aún pendiente a nuevas obligaciones aduaneras en hasta 2 años según el monto que les debe ARCA

ARCA creó un Régimen especial de devolución del impuesto PAIS, enfocado en la recuperación de saldos a favor de dicho impuesto que no fueron aplicados a importaciones, que permitirá aplicarlo como crédito para nuevas obligaciones aduaneras.

Cómo es la nueva aplicación de impuesto PAIS

Con la nueva Resolución General 5720 de ARCA, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se podrá utilizar el impuesto PAIS en el pago de obligaciones aduaneras de la siguiente forma, según resume el estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt:

Naturaleza de la Devolución

La devolución no será en efectivo.

Se realizará mediante la aplicación de un crédito (de contado o en cuotas, según el monto total acumulado).

Este crédito se utilizará en el sistema MALVINA para el pago de obligaciones aduaneras.

Requisitos para Acceder

Es necesario registrar todos los despachos que generaron el crédito.

Los contribuyentes deben desistir de cualquier procedimiento de repetición o devolución que ya hayan iniciado ante ARCA.

Además, como “alternativa de opción única”, los contribuyentes deben abstenerse de iniciar nuevos procedimientos administrativos o judiciales con el mismo objetivo.

Información a declarar

Se debe informar sobre todos los despachos de importación que contengan créditos de Impuesto PAIS que no hayan sido utilizados total o parcialmente.

Cuál es el plazo para usar los créditos

La Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP) se podrá presentar desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto.

El crédito total se acreditará en un número de cuotas mensuales, iguales y consecutivas, dependiendo del monto:

  • 1 cuota: crédito total hasta $4.000.000.
  • 6 cuotas: crédito total desde $4.000.000 hasta $10.000.000.
  • 12 cuotas: crédito total desde $10.000.000 hasta $100.000.000.
  • 24 cuotas: crédito total desde $100.000.000 en adelante.

Desde la fecha de presentación de la DJIP, correrán intereses a favor del contribuyente.

La primera cuota se acreditará el 8 de septiembre. El resto se acreditará en los primeros 5 días hábiles de cada mes.

El nuevo régimen de acreditación de saldos del impuesto PAIS no aplicados a las importaciones permitirá utilizarlos para nuevas obligaciones aduaneras.

Fuente: iprofesional