Laboral

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Reglamentan el Fondo de Asistencia Laboral -FAL- y postergan su vigencia al 1 de noviembre de 2026

Se reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral -FAL- previsto en la Ley Nº 27.802, destinado a financiar las indemnizaciones laborales mediante aportes periódicos de los empleadores a fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la CNV. La norma establece el funcionamiento de las cuentas individuales de los empleadores, el procedimiento de recaudación y derivación de aportes a través de ARCA, las condiciones para el pago de indemnizaciones y el régimen de portabilidad entre fondos. Asimismo, dispone que las contribuciones al FAL generarán una reducción equivalente en las contribuciones patronales a determinados subsistemas de la seguridad social, regula su tratamiento tributario y exceptúa del Impuesto sobre los Créditos y Débitos a las cuentas y operaciones vinculadas al régimen. La entrada en vigencia del FAL se prorroga al 01/11/2026, plazo durante el cual ARCA, la CNV y los organismos competentes deberán dictar la normativa complementaria necesaria para su implementación.

Decreto Nº 408/2026 (BO 01/06/2026)

Fuente: Lisicki Litvin