Promoción del Empleo Registrado. Reglamentan la adhesión al PER y el plan de facilidades para regularizar empleo no registrado.
Se reglamenta el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) previsto en el Título XXII de la Ley Nº 27.802 y reglamentado por el Decreto Nº 409/2026. Se establece el procedimiento para regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas vigentes al momento de la adhesión, iniciadas hasta el 5/03/2026, inclusive. También se encuentran incluidas las relaciones laborales constatadas mediante actas de inspección notificadas al empleador. Asimismo, reglamenta la condonación parcial de aportes y contribuciones adeudados —del 90%, 80% o 70% según el tipo de empleador— y habilita la cancelación de la deuda no condonada mediante pago al contado con una reducción adicional del 50% o mediante planes de facilidades de hasta 72 cuotas con tasa de financiación del 1% mensual. El importe mínimo de cada cuota será de $50.000. La regularización podrá efectuarse hasta el 28/11/2026, alcanzando las obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026, inclusive. Los sistemas se encontrarán disponibles desde el 16/06/2026.
Resolución General (ARCA) Nº 5862/2026 (BO 11/06/2026)
Fuente: Lisicki Litvin & Asociados



