ECONOMÍA – Promulgan régimen de promoción para economías del conocimiento

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La normativa establece una serie de reducciones e incentivos fiscales para empresas de software.

El Gobierno nacional promulgó hoy la ley 27.506 que dispone la creación de un Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento que establece una serie de reducciones e incentivos fiscales para empresas de software y de otras ramas.

Esta normativa beneficia a sectores como los de la electrónica, informática, producción audiovisual, industria satelital y biotecnología, nanoteconología y nanociencia, e ingeniería para la industria nuclear.

Esta ley fue sancionada por unanimidad el 22 de mayo pasado en el Senado de la Nación. El artículo tercero dispone la creación del Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento en el que deberán inscribirse quienes deseen acceder al régimen creado, sujeto a las condiciones que establezca la reglamentación.

Los beneficiarios del Régimen gozarán de estabilidad fiscal respecto de las actividades objeto de promoción, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y por el término de vigencia de éste.

La estabilidad fiscal significa que los beneficiarios no podrán ver incrementada su carga tributaria total nacional determinada al momento de su solicitud de adhesión al Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

Además, los beneficiarios del régimen gozarán, por cada uno de sus trabajadores en relación de dependencia, debidamente registrados de una detracción equivalente al monto máximo previsto en el artículo 4° del decreto 814 de fecha 20 de junio de 2001 y sus modificatorios, actualizado conforme a las pautas allí establecidas, no resultando aplicable el esquema progresivo previsto en el inciso c) del artículo 173 de la ley 27.430.

Los beneficiarios deberán dedicarse al software y servicios informáticos y digitales; producción y postproducción audiovisual, incluidos los de formato digital; biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis.

Asimismo, a servicios geológicos y de prospección y servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones; servicios profesionales, únicamente en la medida que sean de exportación; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital, tecnologías espaciales; ingeniería para la industria nuclear.