IMPOSITIVAS – El Banco Central aclaró que no se pesificarán los fondos repatriados para pagar menos Bienes Personales

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Quienes repatríen fondos blanqueados en 2016 para reducir pago de Bienes Personales no serán obligados a convertirlos a pesos al ingresar al país

A través de la Comunicación A6893 el Banco Central dispuso que quienes repatríen fondos a los efectos de reducir el pago del impuesto a los Bienes Personales no serán obligados a convertirlos a pesos al ingresarlos al país.

La decisión despejó algunas dudas entre tributaristas y contribuyentes, ya que la normativa conocida hasta el presente dejaba, según los expertos, algún margen para que esos fondos fueran convertidos a pesos al tipo de cambio oficial de $60, lo que obviamente quitaría incentivos a la repatriación.

Según la ley de Solidaridad Social e Inclusión Productiva y su reglamentación, los fondos blanqueados a través de la ley 27.541 depositados en el exterior pagarán una alícuota de Bienes Personales de 2,25%, más elevada que la general de 1,25%. Para evitar pagar el porcentaje más alto, se debe repatriar al menos un 5% del total de lo depositado en el exterior y hacer lo propio en un banco argentino hasta el 31 de diciembre.

Los contribuyentes tienen opciones para evitar la alícuota más alta, del 2,25%, trayendo al país el 5% de los fondos blanqueados en 2016.

La norma del Central establece la creación de un tipo de cuenta destinada únicamente a ese fin, denominada “Caja de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541”. Según la norma, “esas cuentas se abrirán a nombre y a la orden exclusivamente del declarante, manteniéndose en la moneda extranjera en la que se efectivice la repatriación de los fondos”.

Agrega además que las acreditaciones en moneda extranjera deberán provenir “únicamente de transferencias del exterior cuyo originante y destinatario sea titular de la cuenta y declarante de la repatriación”. Los bancos, por su parte, deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cada vez que se produzca un débito en esas cuentas “sin interrumpir el cómputo de los plazos que la AFIP establezca en el caso de la constitución o renovación de plazos fijos con fondos acreditados en estas cajas de ahorro.”

Repatriación para invertir

A través del decreto 116/2020 del 30 de enero, el gobierno había admitido que los contribuyentes pudiesen realizar inversiones con esos fondos que deben encajar hasta fin de año, con el objetivo de “permitir el desarrollo del mercado financiero y la reactivación de la economía real”. En ese sentido, el decreto habilitaba tres destinos para el 5% repatriado.

En este caso, la inversión también deberá permanecer bajo la titularidad del contribuyente hasta el 31 de diciembre y los fondos tendrán que provenir de la misma cuenta que recibió la transferencia original desde el banco extranjero. Por último, un tercer destino es la suscripción de cuotapartes de fondos comunes de inversión, en la que se deberá observar las dos condiciones mencionadas para el caso de los fideicomisos.
El primero era vender el monto repatriado en el mercado libre de cambios, en la misma entidad financiera que recibió la transferencia desde el exterior. El segundo, la compra de “certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior”.

Si la inversión en alguno de estos tres destinos se hiciera por solamente una parte del monto repatriado, el remanente tendrá que permanecer depositado en la cuenta original hasta el 31 de diciembre.

Por otra parte, como un mecanismo para impulsar la repatriación del 5% de los fondos, la AFIP dispuso el pago de un anticipo para los períodos fiscales 2019 y 2020 del impuesto a los Bienes personales en el exterior. Para ello, dispone que quienes se inclinen por no repatriar sus fondos estén obligados a realizar un pago a cuenta de un 0,5% de lo blanqueado antes del 1 de abril.

En tiempos de complejas negociaciones para afrontar la deuda pública en dólares y de depósitos en esa moneda que no se recuperaron, el gobierno puso el ojo en la repatriación.

Según estimaciones del ministerio de Economía, los depósitos argentinos declarados en el exterior llegan a u$s70.000. El regreso de un 5% de ese monto aseguraría hasta fin de año u$s3.500 millones para el sistema financiero argentino, que hoy acumula depósitos del sector privado por u$s18.000 millones; seis meses atrás, tenía 32.000 dólares.

Fuente: iprofesional.com