La prohibición de aplicar el mecanismo de ajuste por inflación en el caso particular, al representar una alícuota efectiva del 52,71% en el impuesto a las ganancias, resulta irrazonable y confiscatoria.
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala I)
Causa: “Central Puerto SA c/ EN – AFIP – DGI s/ dirección general impositiva”
Fecha de sentencia: 11/03/2020
Fuente: Lisicki Litvin