El Gobierno prorrogó por dos meses el plazo para que Pymes, monotributistas, autónomos y entidades civiles sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades públicas y clubes de barrio adhieran a la moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social.
Así lo dispuso mediante el decreto de necesidad y urgencia DNU 316/2020 del Régimen de regularización de deudas publicado en la edición especial de hoy del Boletín Oficial.
Sin embargo, las deudas que se podrán ingresar son las que están aprobadas por ley del Congreso, o sea aquellas que tenía el contribuyente hasta el 30 de noviembre pasado.
La Moratoria perdona intereses en forma parcial y multas al 100%, al tiempo que libera de contingencias de la Ley Penal Tributaria.
El decreto además indica que la AFIP dictará la normativa complementaria y aclaratoria necesaria para instrumentar la prórroga de la Moratoria hasta el 30 de junio próximo inclusive.
La norma recuerda en los considerandos que el régimen abarca la regularización de deudas tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras y de condonación de intereses, multas y demás sanciones para pymes, por obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, inclusive, o infracciones relacionadas con estas.
También, que el vencimiento del plazo para acogerse a la Moratoria estaba previsto para el 30 de abril próximo, pero que el 11 de marzo último la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554 y el número de muertes, a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Asimismo, cita que en el país rige la emergencia materia sanitaria por un año en virtud de la pandemia, pero luego “la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esa emergencia”, como la cuarentena.
Reconoce que ese “aislamiento social, preventivo y obligatorio” repercute, “no sólo en la vida social de los habitantes sino también en la economía”.
Por ese motivo, afirma que resulta necesario prorrogar la Moratoria mediante un DNU, que queda pendiente del trámite de confirmación por la Comisión Bicameral Permanente correspondiente.
Fuente :iprofesional.com