IMPOSITIVAS – Contribuciones patronales: AFIP reglamenta reducción y postergación de agosto

0
1710
A través de la Resolución General 4811/20, la AFIP establece determinadas pautas para las contribuciones al SIPA de agosto 2020

A Través de la Resolución General 4811/20, la AFIP establece con respecto a las contribuciones al SIPA de agosto 2020, las siguientes pautas:

Reducción del 95%: Los contribuyentes serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Postergación del Vencimiento: las contribuciones patronales al SIPA de los caracterizados con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contrib. S.S.” vencerán:

Finalización de CUIT 0, 1, 2 y 3: 16/11/2020

Finalización de CUIT 4, 5 y 6: 17/11/2020

Finalización de CUIT 7, 8 y 9: 18/11/2020

Versión del aplicativo: Se deberá utilizar el release 6 de la versión 42 del aplicativo SICOSS, señalan desde el Blog Contadores en Red.

Prórroga del vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado agosto de 2020:

Finalización de CUIT 0, 1, 2 y 3: 14/09/2020

Finalización de CUIT 4, 5 y 6: 15/09/2020

Finalización de CUIT 7, 8 y 9: 16/09/2020

Valores que se actualizan desde septiembre

A partir del “devengado” septiembre, el salario máximo para el cálculo de los aportes a la seguridad social será de $198.435,52. En tanto, los montos de asignaciones por hijo que perciben los asalariados del sector formal de la economía irán de $741 a $3.540, dependiendo de cuánto sea el ingreso familiar.

Aportes salariales: aumenta 7,5%, respecto de agosto, el monto de la remuneración tope para el cálculo de los descuentos destinados a financiar el sistema previsional (11%), el PAMI (3%) y la obra social (3%).

Por ende, el salario máximo para el cálculo será de $198.435,52 durante el período de septiembre a noviembre.

Asignaciones familiares: se incrementan los montos de lo que se cobra mensualmente por hijo y de lo percibido por determinados acontecimientos, como nacimiento o matrimonio.

Sin embargo, no se actualizan los topes del ingreso familiar ($155.328) o personal ($77.664) que marcan el umbral para poder cobrar la prestación por hijo, pero sí los ingresos topes de cada una de las categorías que definen la cuantía del beneficio.

Asignaciones en el Monotributo: En las categorías A, B y C se cobrará, por hijo a cargo, $3.540 mensuales; en las D y E, $2.386; en las F, G y H, $741. Por hijo con discapacidad: $11.535 (A, B y C); $8.158 (D y E); $5.148 (F, G, H, I, J, K).

Aportes de autónomos: también se incrementan. Se espera que la AFIP publique en los próximos días los nuevos valores.

Actualización: qué valores aumentan en septiembre

Jubilados y pensionados: suben todos los haberes un 7,5%, con lo cual el mínimo pasa a $18.128,85 y el máximo, a $121.990,04,.

Nuevos jubilados: la Prestación Básica Universal (PBU), que integra la fórmula para el cálculo del haber inicial, pasa a $7.756,32 tras aplicarse una suba de 7,5 por ciento.

PUAM: La Pensión Universal para el Adulto Mayor será de $14.503,08 entre septiembre y noviembre. El pago mensual equivale al 80% del haber mínimo, según marca la ley.

AUH: La Asignación Universal por Hijo será de 3.540 pesos.

Moratoria: Las cuotas que se descuentan de los haberes mensuales de quienes recurrieron a esta modalidad para obtener su prestación subirán un 7,5 por ciento.

Reparación Histórica: Se reajustan también en un 7,5% los montos de las cuotas que aún tienen pendientes de cobrar los jubilados que adhirieron al plan lanzado en 2016 y perciben su compensación retroactiva por haber renunciado a sus juicios contra el Estado.

Fuente: iprofesional.com