NACIONALES – Jubilados: la nueva fórmula será con aumentos cada seis meses y un bono “solidario” por decreto

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Los salarios tendrán más peso en el cálculo que estará vigente desde marzo. Cómo funcionará el bono y que pasará con el aumento de diciembre.

El Gobierno ya tiene lista la nueva fórmula de movilidad que entrará en vigencia a partir del 1 de marzo del año que viene, una vez que sea aprobada por el Congreso. Se trata del proyecto elaborado por representantes del Ejecutivo al que accedió iProfesional y que surgió del debate iniciado en julio en la comisión bicameral para reemplazar el mecanismo suspendido a fines de 2019 por la Ley de Solidaridad.

La iniciativa acordada dentro del oficialismo toma como base el sistema utilizado entre 2008 y 2017 para introducirle “mejoras”. En primer lugar, los haberes se actualizarán un 70% por el índice de remuneraciones estables elaborado por el Ministerio de Trabajo (RIPTE) y un 30% por la recaudación tributaria de ANSES, cuando en la versión original se ajustaban en mitades iguales.

Además, los aumentos serán cada seis meses como en 2008, en lugar de la modalidad vigente de subas cada tres meses. El objetivo, según los considerandos, es “volver a una actualización semestral que permitrá acompañar un proceso de desindexación de la economía“. Es la misma periodicidad que aplicó el Gobierno al otorgar este miércoles el incremento del 28% del salario mínimo por seis meses hasta marzo.

Por otra parte, el rezago de las variables para calcular los ajustes se reducirá en tres meses, por lo que el primer aumento en marzo próximo tendrá en cuenta los salarios y la recaudación registrada entre octubre y diciembre del 2020. El argumento es que el tiempo entre el período de los índices y la fecha de aplicación del incremento debe asegurar la “inmediatez” y evitar “focos de litigiosidad”.

Bono “solidario”

Otro de los cambios clave es la incorporación de un “suplemento extraordinario solidario” a las prestaciones más bajas. Se trata de un bono que será otorgado por decreto cuando la pérdida del haber en términos reales supere en un 10% la diferencia entre el aumento por movilidad y el valor de la canasta básica total del INDEC en el mismo período, que hoy fija la línea de pobreza.

Dicho incremento adicional estará destinado a quienes perciben:

* Jubilación mínima ($18.125),

* Pensión Universal para los Adultos Mayores (PUAM),

* Pensión No Contributiva (PNC),

* Asignación Universal por Emparazo (AUE)

* Asignación Universdal por Hijo (AUH).

El suplemento se abonará en marzo de cada año de acuerdo a las proporciones que extablezca la reglamentación para las distintas categorías de beneficiarios, junto con el incremento de la movilidad previsional, y será un único pago por beneficiario sin integrar el haber o prestación, cuyo valor determinará el Ejecutivo.

También habrá una compensación para aquellos beneficiarios que perciban un haber superior al mínimo garantizado, pero inferior al que resulte de adicionarle el bono “solidario”. En ese caso se les abonará el monto necesario para alcanzar dicho valor.

De aprobarse esta fórmula, habrá otra vez en 2021 habrá un esquema diferenciado de aumentos en los haberes como el de este año, lo que terminó perjudicando más a los ingresos superiores. El Ejecutivo se decidió por ese mecanismo en vistas de las dificultades judiciales que podría acarrear fijar por ley una movilidad segmentada por regímen de contribución o nivel de ingresos, como se sugirió en la comisión mixta.

Una fórmula “desindexada”

En 2020, el haber mínimo aumentó 28,8% en septiembre y el superior, un 18%; mientras que hubo una diferencia negativa de 17 puntos en relación a la movilidad suspendida. Y, previamente, la fórmula implementada en 2017 ocasionó una pérdida de cerca de 20 puntos por la exclusión de un trimestre del cómputo (efecto empalme) y el rezago de seis meses en el cálculo de la inflación.

El bono extra apunta a minimizar en forma limitada el resultado del nuevo cálculo en marzo, que probablemente se verá afectado por la caída de los salarios este año y una inflación mayor en 2021. Para tener una referencia, el RIPTE -el indicador de mayor peso- se incrementó 14% hasta agosto, mientras la recaudación de la seguridad social acumuló una variación del 27,4% en septiembre y la inflación, un 22,3%.

A diferencia de la movilidad suspendida, el nuevo mecanismo no incluye a los precios entre sus componentes. Tal como lo anunció en su momento Alberto Fernández, el objetivo es evitar las fórmulas indexadas a la inflación pasada. Según esta interpretación de los lineamientos de la Corte, el fallo Badaro del 2006 buscó neutralizar los efectos negativos de los procesos inflacionarios, pero “no debe vincularse estricta y necesariamente con los índices de la inflación”.

De esa manera, el oficialismo recogió a su modo las recomendaciones de los previsionalistas, economistas, sindicalistas, jueces y legisladores que participaron de la comisión bicameral. El proyecto elaborado por los técnicos del Ejecutivo ahora debe ser aprobado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el Presidente, antes de ser ingresado al Congreso para su tratamiento.

Por otra parte, el Gobierno tiene todavía pendiente definir la recomposición prevista en diciembre, que al igual que la de marzo, junio y septiembre será por decreto. Según la fórmula suspendida, debería ser del 4,48%. Pero fuentes oficiales aseguraron que se definirá recién en noviembre y que podría oscilar entre un 2 y un 4%.

Para ello, el Ejecutivo debería ampliar el Presupuesto del 2020 destinado a las prestaciones de la seguridad social, que en la última modificación se redujo a 2,59 billones.

Fuente: iprofesional.com