IMPOSITIVAS – Con el fin de año, llega Bienes Personales: qué hacer para reducir el impuesto y evitar cuestionamientos de AFIP

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Existen opciones que se pueden incluir en la planificación fiscal para conseguir una baja en el impacto del impuesto. Lo que hay que saber.

Llega fin de año y con las fiestas siempre se suma la pregunta de cómo hacer para reducir la carga fiscal, sobre todo con el bombardeo de noticias sobre que la presión impositiva sobre las personas humanas no para de subir.

En concreto, el 31 de diciembre de cada año es la fecha de corte para el cálculo del Impuesto Sobre los Bienes Personales.

Ahora todos queremos tener una planificación fiscal urgente y que logre bajar el impacto de impuestos, claro está sin meternos en problemas con el fisco como ha sucedido con las intimaciones recibidas en las últimas semanas por haber detectado valores más bajos en las propiedades del exterior, comentó Gustavo Campos, socio de Tax & Legal de PwC Argentina.

El Impuesto sobre los Bienes Personales toma una foto de todo el patrimonio a fin de año, pero sólo de los solo activos sin las deudas, explicaron María Emilia Budini y Augusto Iraola, de Inforaction.

Y agregaron que, sobre esa foto, el impuesto aplica alícuotas que varían según se trate de bienes ubicados en el país (0,5% al 1,25%) o en el exterior (0,7% a 2,25%).

El impuesto así calculado, se pagará recién en junio de 2021.

El impuesto sobre los bienes personales se calcula a diciembre y se paga en junio

Sin embargo, cualquier modificación al patrimonio debe hacerse hasta el 31 de diciembre para que tenga efectos, de ahí la importancia de estar prevenidos, dijeron Budini e Iraola.

Producto de la desactualización del mínimo no imponible, fijado en $2 millones, y de las escalas, hoy es relativamente sencillo quedar atrapado en la órbita del impuesto. Pero esto no implica que este todo perdido, aún existen alternativas para reducir tu carga fiscal, afirmaron Budini e Iraola.

¿Qué podemos hacer?

Existen ciertos bienes que la ley aún considera exentos; sobre todo en tenencias financieras, por lo que una simple conversión de cartera puede lograr un ahorro sustancial, consideraron Budini e Iraola, y enumeraron las siguientes:

1. Plazos Fijos / Cajas de ahorro: el dinero depositado en cajas de ahorro, ya sea en pesos, dólares o euros, o en plazos fijos está exento del pago del impuesto. No así la tenencia de Fondos Comunes de Inversión.

2. Acciones argentinas con cotización: si cotizan en la CNV, entonces también las acciones están exentas del impuesto. ¡Cuidado! Las acciones sin cotización no se gravan en la declaración jurada de Bienes Personales del individuo, pero la sociedad ya te está cobrando el impuesto correspondiente e ingresàndolo a la AFIP.

3. Compañías argentinas cotizando en el exterior: Los ADR son considerados bienes argentinos exentos. En caso de tener fondos en el exterior, es una buena alternativa.

4. Títulos públicos argentinos: Los bonos nacionales, provinciales y de la ciudad de Bueno Aires también están exentos, sin importar si se adquieren en el país o desde el exterior.

5. Inmuebles: La propiedad donde se vive está exenta hasta $18 millones. Pero si se está pagando un crédito Hipotecario, se puede descontar esa deuda.

Guillermo Pérez agregó que también están exentos de Bienes Personales los inmuebles rurales

En cambio, Pérez alertó que muchos ofrecen colocar los portafolios en fideicomisos no financieros para pagar el 0,5% (vía responsable sustituto) en lugar del 1,25% o 2,25%, pero esto tiene un impacto muy negativo en el Impuesto a las Ganancias.

Es que estos fideicomisos pagan como tercera categoría lo que implica pagar por lo devengado y no por percibido y además las diferencias de cambio, que estarían exentas en cabeza de la persona física, en el fideicomiso estarían gravadas.

Los riesgos

De todos modos, Pérez advirtió que todas estas inversiones deben mantenerse un plazo prudencial para no ser objetadas por la AFIP como maniobras de elusión del impuesto.

Las normas facultan a la AFIP a establecer que cuando haya habido durante el año calendario cambios patrimoniales realizados con el propósito de evadir el tributo, dichos cambios se consideren proporcionalmente entre la fecha de realizados y el 31 de diciembre, explicó Gabriel Gambacorta, titular del estudio del mismo nombre.

Por supuesto, es una cuestión de prueba y es susceptible de discusión, debiéndose analizar en cada caso particular, indicó Gambarco.

Por ejemplo, depositar en estos días en una caja de ahorro en dólares, en una institución financiera local, cuando los billetes que oportunamente fueron retirados tal vez por temor a las corridas u otros riesgos, y mantenerlos allí al 31 de diciembre para usufructuar de la exención establecida en el impuesto.

Pero luego retirarlos durante los primeros días de enero 2021, puede ser objetado por AFIP, coincidió el experto.

Además, Gambacorta dijo que para quienes son contribuyentes-residentes argentinos, las opciones clásicas no son muchas y la mayoría implica aceptar riesgo argentino.

El cambio de residencia es la planificación fiscal más de fondo para los expertos

Y englobó en ese criterio, por ejemplo, invertir en títulos públicos nacionales, provinciales o municipales, en depósitos en instituciones financieras, en plazos fijos o cajas de ahorro, ya sea en moneda extranjera o en pesos.

Por otra parte, Gambacorta opinó que las alternativas para reducir el impacto del impuesto sobre los Bienes Personales incluyen el cambio de residencia fiscal.

Este permite que sólo se pague el tributo por los bienes ubicados en la Argentina.

Tienen que darse los parámetros establecidos por la ley y sus normas reglamentarias y cumplimentarse los requisitos formales exigidos, manifestó Gambacorta.

Dicho de otra forma, el cambio de residencia tiene que ser real y la decisión contempla también aspectos extra fiscales, recordó Gambacorta.

Para el mediano plazo

Campos opinó que lamentablemente para esta época del año ya no hay muchas alternativas para implementar para disminuir el impuesto a determinar sobre los bienes personales al 31 de diciembre.

Pero añadió Campos que si uno evalúa que cada vez que se aumente o se crea un impuesto por lo general no es por única vez y difícilmente vuelva a bajar, tiene sentido mirar para adelante en lo que respecta a una planificación a mediano y largo plazo y analizar los siguientes planes de acción:

1. Evaluar donaciones o adelantos de herencia.

Esto tiene sentido por diferentes motivos. En primer lugar como nadie tiene la vida comprada.

Adelantarse a una sucesión va a solucionar diferentes problemas en los herederos (conflictos familiares, costos de abogados y por qué no un posible impuesto a la herencia).

Y también porque, si particionamos el patrimonio, esto puede tener un efecto positivo a la hora de tributar.

2. Realizar inversiones que estén fuera del ámbito del impuesto.

Esto podría ser un arma de doble filo por el riesgo que implica invertir en instrumentos no alcanzados como por ejemplo títulos públicos.

Difícilmente alguien que invirtió en Letes que fueron reperfiladas lo vuelva a hacer para evitar el Impuesto sobre los Bienes Personales, consideró Campos.

3. Colgar las inversiones locales o del exterior en sociedades o fideicomisos

Esto, en Argentina puede generar una baja del Impuesto sobre los Bienes Personales, ya que estas pagan el 0,5% en lugar del 1,25% o el 2,25%.

Esto podría traer aparejado otras cuestiones de índole tributaria tales como la gravabilidad de las diferencias de cambios por parte de las personas jurídicas, el costo de la distribución de dividendos etc., reconoció Campos.

4. Constituir un trust irrevocable.

Esto podría ser una buena opción; hay que evaluar los costos.

Para que tenga sentido desde la perspectiva fiscal, el trust tiene que ser irrevocable y desapoderarse de los bienes en forma real, y esta condición genera muchas dudas en las personas que lo evalúan

5. Evaluar un cambio de residencia.

Se trata de un tema complejo y si se quiere hacer bien implica un cambio real de vida.

Lamentablemente para aquellos que gran parte de su patrimonio está fuera del país podría ser una solución de fondo, dijo Campos.

A modo de ejemplo aquellas personas que mudaron su residencia por ejemplo a Uruguay hace algunos años, durante el año 2020 van a evitar pagar hasta 8% (Bienes personales + Impuesto a la riqueza) sumado al ahorro del Impuesto a las Ganancias que puede llegar el 30% de los rendimientos que esos bienes tuvieron durante este año.

Fomento a las Inversiones en Pesos

El pasado 17 de octubre el Gobierno envió un proyecto al Congreso que, de aprobarse, traería modificaciones importantes en el Impuesto sobre los Bienes Personales, recordaron Budini e Iraola.

Por un lado, se incorporarían los siguientes instrumentos financieros a la exención, puntualizaron los expertos:

Obligaciones negociables: siempre que sean emitidas bajo órbita CNV

Fondos Comunes de Inversión / Fideicomisos Financieros: cuyo sustrato este compuesto, al menos en un 75%, de activos financieros exentos en el impuesto

Plazo fijo/Caja de ahorro.

Instrumentos a crearse, que fomenten la inversión productiva

El lado negativo, es que todas estas exenciones, incluyendo plazo fijo/caja de ahorro, están supeditadas a haberlas tenido en patrimonio como mínimo durante 270 días en el año; o, en su defecto, mantenerlas en cartera hasta el 31 de mayo de 2021, precisaron Budini e Iraola.

Y destacaron que, en el caso de monotributistas y empleados, la limitación no aplica para tenencias en caja de ahorro.

Impuesto a la riqueza

Por último, es inminente la aprobación del proyecto de “Aporte Solidario a las Grandes Fortunas”, que ya cuenta con dictamen favorable en el Senado, y media sanción en Diputados.

Este nuevo impuesto está estrechamente vinculado con Bienes Personales, e incluso el principal cuestionamiento es la doble imposición que se generaría, puesto que el mecanismo de liquidación y el hecho imponible (patrimonio total) se superponen.

Como conclusión, manifestaron Budini e Iraola, las próximas semanas son claves de cara a delinear el patrimonio al 31 de diciembre, para lo que existen herramientas con el objetivo de reducir la carga fiscal.

No obstante, todas las acciones para reducir el pago de impuestos siempre deben ser analizadas en conjunto con los aspectos financieros y legales de cada tenencia, enfatizaron los expertos.

Fuente: iprofesional.com