IMPOSITIVAS – Récord histórico de tributos sobre el patrimonio: 2020, el año en el que fueron protagonistas Bienes Personales y el nuevo impuesto a la riqueza

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Es el mayor porcentaje sobre los activos desde principios de los 90. Expertos aseguran que disminuirá la inversión productiva y provocará un efecto negativo sobre la reactivación de la actividad económica

La presión tributaria sobre el patrimonio llega a su récord de los últimos 30 años

Con la promulgación del nuevo Impuesto a la Riqueza, la presión tributaria sobre el patrimonio de las personas está en un nivel récord en términos reales desde 1993. Desde 1991, cuando se sancionó la creación de Bienes Personales, la alícuota efectiva rondó el 1%, pero este año, entre este impuesto y el nuevo “aporte solidario”, superará el 7 por ciento.

Resta que la AFIP reglamente a través de una resolución general el nuevo impuesto promulgado este viernes para saber cuándo y cómo se pagará.

La perspectiva empeora si se recuerda que, luego del blanqueo, el gobierno de Mauricio Macri comenzó una reducción progresiva de las alícuotas de Bienes Personales, votada por el Congreso, que fue revertida por el nuevo gobierno.

El pago del nuevo Impuesto a la Riqueza para los activos declarados mayores a $200 millones tendrá una alícuota de 3,5% si son bienes locales o del 5,25% si están declarados en el exterior. Este aporte extraordinario se sumará a la alícuota de 2,25% (si los activos están en el exterior) que ya se pagará por los activos en Bienes Personales a presentar en diciembre. De este modo, según la consultora FMA, el contribuyente que tenga “un activo mayor a $200 millones y declarado en el exterior (es un supuesto de máxima), pagará un total de 7,5%: 2,25% por Bienes Personales, más el 5,25% de Aporte Solidario”.

El Impuesto a la Riqueza para los activos declarados mayores a $200 millones tendrá una alícuota de 3,5% si son bienes locales o del 5,25% si están declarados en el exterior

Si está declarado en Argentina, la carga sería de 4,75%: 1,25% por Bienes Personales más 3,5% de “Aporte Solidario”. “Aún sin el aporte solidario, el impuesto a los activos ya estaba en un récord histórico, de 2,25%”, se detalló.

La evolución histórica de los impuestos al patrimonio desde 1993

En este contexto -y con la falta de un horizonte de confianza de mediano plazo- varios empresarios argentinos optaron este año por cambiar su residencia fiscal, mientras que otros optarán por dar la batalla por el “aporte” mencionado, primero a través de una “multinota” ante la AFIP y luego, si el organismo fiscal decide una inspección, en la justicia a través de una acción declarativa.

La opción de ir directo a la Justicia no parece ser la más atractiva ante la falta de certeza sobre los criterios que adoptará el Poder Judicial en este tema y ante la posibilidad de quedar “frente a frente” con el organismo fiscal, según un abogado que optó por hablar en forma anónima.

En cualquier caso, la consecuencia, según los especialistas en impuestos consultados por Infobae, es que habrá menos inversión y, por lo tanto, menor generación de crecimiento en general y de empleo privado en particular.

Al respecto, Iván Sasovsky afirmó que “este nuevo impuesto va a terminar afectando la inversión en muchos casos, ya que no hace diferencias entre los bienes que forman parte de los activos”.

Este nuevo impuesto va a terminar afectando la inversión (Iván Sasovsky)

“Los que más se verán afectados serán aquellos cuyos bienes no sean líquidos, ya que deberán desprenderse de alguno de ellos o solicitar un préstamo para afrontar el pago”, aclaró. El tributarista también explicó que, del mismo modo, aquellos que tengan liquidez deberán utilizarla para pagar el tributo, por lo que “tendrán menos margen para pensar en realizar una inversión durante 2021”.

“Lo peor es que sumar nuevos impuestos no termina generando una mayor recaudación y eso se demostró durante los últimos meses, con resultados que apenas acompañaron la inflación”, sostuvo Sasovsky. Además, agregó: “Si esta fórmula hubiese funcionado, tendríamos una de las recaudaciones más abultadas de los últimos años, gracias a todos los impuestos que se sumaron en el último tiempo, pero nada de eso sucedió”.

Por su parte, Fernando Schettini dijo a Infobae: “Si se observa en forma aislada el impacto del Impuesto a los Bienes Personales más la tasa del aporte solidario extraordinario, claramente operan como un desincentivo a la inversión que se potencia cuando se le suman las alícuotas altas aplicables del impuesto a las ganancias”

Además, recordó, están “todas las restricciones en cuanto al movimiento de divisas; la sumatoria de todas esas cuestiones es letal para la inversión y si a eso se le agregan los vaivenes de la política fiscal, donde hace cuatro años hubo una Ley de Blanqueo que tenía el perdón en cuanto al pago del impuesto a los bienes personales como un beneficio y la tasa iba a disminuir a niveles ínfimos y cuatro años después la tasa sube siete u ocho veces y siguen agregando impuestos patrimoniales, los resultados van a estar a la vista”.

Es decir, “lejos de incentivar la inversión, se está haciendo todo lo contrario; pareciera que no quieren disminuir la pobreza sino aumentarla; lamentablemente es la única lectura que uno puede hacer con lo cual no auguro un buen pronóstico para lo que es el aumento de inversión con este tipo de decisiones fiscales”.

“La suma del impuesto a los bienes personales más el aporte voluntario, que gravan el stock de inversiones, es obviamente letal para el incentivo a la inversión”, concluyó.

Por su parte, el economista Fernando Marull de FMyA estimó que “la alícuota efectiva sería algo menor en el caso de que los activos sean en dólares, por el efecto de la brecha cambiaria”.

Fernando Marull: “La alícuota efectiva sería algo menor en el caso de que los activos sean en dólares, por el efecto de la brecha cambiaria” (EFE)

“En el aporte solidario, se tomará el dólar oficial del momento en que se reglamente la ley; si coincide con la fecha de Bienes Personales será el valor de la divisa al 31 de diciembre. En ambos casos, estará por debajo del valor del dólar financiero en mercados formales y regulados (el Dólar CCL), por lo que podría suavizar el efecto de la alícuota”, detalló.

En cuanto a la recaudación, dijo que “el Gobierno espera recaudar por este Aporte Solidario al menos 1% del PBI durante 2021, que se sumarán a lo que recaudará por Bienes Personales, que será cerca de 0,7% del PBI, un similar al nivel de 2020 y que ya será un récord histórico”.

La recaudación por Bienes Personales y el impuesto a la riqueza será un récord histórico para los tributos sobre el patrimonio (Fernando Marull)

“En FMyA, proyectamos que la recaudación del Aporte Solidario será menor, porque asumimos que un porcentaje no menor irá a la justicia. En nuestras proyecciones Fiscales de 2021, asumimos que será 0,5% del PBI, casi USD 2.000 millones”.

Por su parte, la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó preliminarmente el ingreso a la AFIP de unos $300.000 millones, que, por efecto de la devaluación, podrían ensancharse.

En tanto, el contador Ezequiel Passarelli dijo a Infobae: “El terrible aumento de Bienes Personales en 2019, de hasta el 800% no se terminó de sentir en todo su esplendor por la gran devaluación que hubo en 2020. Recordemos que el impuesto se liquida con el tipo de cambio del Banco Nación al 31 de diciembre del año anterior, que en este caso fue de $59 por dólar al 31 de diciembre de 2019”.

Sin embargo, “para los que tienen sus ahorros en moneda extranjera, se pagó entre 6 y 10 meses después vendiendo esa moneda a un tipo de cambio (MEP, Bolsa, CCL) mucho más alto (de más del triple, en algunos casos)”.

“Esa devaluación, que habrá que seguir de cerca para ver si tiene el mismo efecto en 2021, por el contrario, va a hacer que mucha más gente termine entrando en este nuevo Impuesto, el Aporte Solidario. En este punto, coincido con varios de mis colegas en que seguramente sean muchos más que 12.000 los que terminen quedando obligados”, aclaró, en línea con las declaraciones de la propia titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Mercedes Marcó del Pont, la encargada de recaudar el nuevo Impuesto a la Riqueza (Télam)

“En cuanto a si efectivamente se recaudará lo que se espera, por un lado estoy seguro que van a ser más de 12.000 personas las obligadas, por lo cual, si se amplía la base, seguramente crezca la posible recaudación. Pero, por otro lado, tampoco tengo dudas de que los grandes estudios terminarán defendiendo este tema en la justicia”, indicó.

Este paso por Tribunales se debe a “la cantidad de puntos controvertidos que tiene la ley: desde la confiscatoriedad de la tasa sumada a bienes personales, hasta las cláusulas antielusivas que no permiten considerar movimientos en los últimos 180 días y que no permiten considerar los trust, entre otras”.

Por su parte, Guillermo Poch de BDO Argentina sostuvo que “desde un punto de vista teórico los impuestos a los patrimonios deben articularse como una herramienta de control y no de recaudación”. Esto se debe a que “los impuestos sobre la renta generan una recaudación más alta con un menor efecto distorsivo, ya que, cualquiera sea el tipo del gravamen, los contribuyentes -intentan- cancelar el impuesto con la renta que los bienes generan”.

“Si la rentabilidad luego de considerar la carga tributaria es baja o casi nula, los individuos se desprenden de esos activos o litigan. Situación que a la administración tributaria no le conviene porque -además de no recaudar- le insume recursos. Es decir, la carga tributaria se debe armar de modo que los contribuyentes cancelen los gravámenes sin que los afecte patrimonialmente”, aclaró.

Además, destacó que “los países, sin hacer una expresa manifestación, compiten en relación con los tributos, pues intentan acceder a inversores de otros países reduciendo su carga tributaria”.

Los países compiten con los tributos pues intentan a acceder a inversores de otros países reduciendo los impuestos (Guillermo Poch)

En este contexto, “la Argentina en función de atraer inversiones, debería generar un claro incentivo reduciendo la carga fiscal total. Por tal motivo, más allá de la inminente entrada en vigor del aporte solidario, este debería considerarse a cuenta de futuros gravámenes”.

De ese modo, “el Estado recibiría el financiamiento que actualmente necesita, y al inversor le reduce el costo fiscal total. De otro modo, en el ámbito profesional se percibe un alto nivel de litigiosidad sobre dicho aporte, circunstancia que no le conviene ni a la Administración de turno ni a los contribuyentes”.

Por este motivo, “no sería conveniente considerar un incremento sobre las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales cuando en la actualidad lo que se intenta buscar es el financiamiento de las actividades”.

Por su parte, Andrés Edelstein recordó que “en una fecha muy reciente las alícuotas de Bienes Personales se han visto incrementadas sustancialmente hasta llevarla a niveles donde comienza a discutirse la confiscatoriedad del tributo”. Al respecto, detalló que la alícuota del 0,25% que debía aplicarse para el año fiscal 2019, a pagarse en 2020, primero fue modificada por una tabla progresiva de hasta 0,75% -que nunca llegó a regir, por haber sido nuevamente incrementada al 1,25% (2,25% para bienes en el exterior) en virtud de la emergencia dispuesta en diciembre del año pasado por la Ley 27.541.

Sin duda, “es un cambio muy brusco que incrementó la carga fiscal sobre el patrimonio individual hasta nueve veces”. Además, “cuando todavía no había vencido el plazo de vencimiento para realizar una repatriación parcial de fondos del exterior que permitiría aplicar la alícuota reducida para los activos en el exterior, comenzó a plantearse la idea del Aporte Solidario”.

Andrés Edelstein: “Es un cambio muy brusco que incrementó la carga fiscal sobre el patrimonio individual hasta nueve veces”. Además, “cuando todavía no había vencido el plazo de vencimiento para realizar una repatriación parcial de fondos del exterior que permitiría aplicar la alícuota reducida para los activos en el exterior, comenzó a plantearse la idea del Aporte Solidario”

“Son conocidas las críticas que reciben los impuestos patrimoniales de este tipo, entre las que se destacan su escaso nivel de recaudación, su falta de eficiencia en términos de administración y cumplimiento, la falta de consideración en cuanto a la generación de rentas que pueden o no generar los bienes sujetos al impuesto y los bajos efectos en relación con la redistribución de la riqueza”, indicó el ex secretario de Política Tributaria.

Ante estas razones, “se advierte una muy escasa participación de gravámenes sobre el patrimonio global de las personas a nivel mundial, donde encontramos sólo 5 de los 37 miembros de la OCDE que lo aplican, en América Latina, solamente Colombia, Guayana y Uruguay establecen un Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas”.

“Si bien estos recursos contribuyen a reducir el bache fiscal, las medidas de esta naturaleza deben ser analizadas con suma cautela, toda vez que producen efectos colaterales adversos que probablemente deterioren las propias perspectivas futuras en materia de recaudación”, advirtió Edelstein.

Por un lado, “no generan un marco propicio para las inversiones, especialmente en momentos donde el aporte del capital privado resulta fundamental para la recuperación de una nuestra economía en el periodo pospandemia”.

Por el otro, “como ha sucedido en algunos países europeos hace años, el incremento de la presión impositiva sobre los altos patrimonios ha generado que muchos contribuyentes decidan cambiar su residencia fiscal a otras jurisdicciones más amigables, con la consiguiente pérdida no sólo de futuros recursos fiscales sino también de la actividad económica que los mismos producen”.

Al respecto, César Litvin afirmó que “en el mundo los impuestos patrimoniales no están siendo utilizados dado el efecto nocivo que tienen sobre el ahorro y la inversión; en los últimos años muchos países han dejado de estar vigentes y en Europa básicamente lo tiene España, con mínimos no imponibles muy altos y la comunidad de Madrid lo tiene eximido”.

En el mundo los impuestos patrimoniales no están siendo utilizados, dado el efecto nocivo que tienen sobre el ahorro y la inversión (César Litvin)

“En gran parte de los bienes en Argentina estamos a contramano de lo que se está haciendo el mundo en esta materia, porque el impuesto sobre los bienes personales y el impuesto a las grandes fortunas nacen con un pecado original de no medir adecuadamente la capacidad económica de los contribuyentes al no considerar los pasivos, con lo cual está afectando sin ninguna duda la igualdad tributaria”, sentenció Litvin.

“Hay contribuyentes que tienen igual cantidad de bienes, pero uno tiene deudas y el otro no, van a pagar el mismo impuesto pese a que su capacidad económica es diferente; eso está afectando una garantía constitucional de las de la igualdad tributaria”, explicó.

Además, subrayó el tributarista: “No existe en el mundo no existe en el mundo tamaña carga de imposición patrimonio real entre bienes personales y grandes fortunas, donde se llega a una exorbitante y absurda alícuota sumando entre los dos impuestos el 7,5 por ciento”.

Por otro lado, aclaró que “los impuestos patrimoniales también son reprochados en la doctrina tributaria porque, para llegar a un patrimonio previamente se tuvo que generar renta y normalmente esta renta ya paga impuesto a las ganancias”.

“Quiere decir que en algunos casos estamos triplicando la imposición sobre determinados bienes; desde mi punto de vista este tipo de medidas como bienes personales con alícuotas exorbitantes y el impuesto a las grandes fortunas desalientan categóricamente la inversión y producen un efecto que es un círculo vicioso que empieza con impuestos exorbitantes y tiene como consecuencia una desmotivación de la inversión. Y cuando baja la inversión, baja el empleo, que a su vez genera una caída en el consumo, en la actividad económica y un aumento de la pobreza. Esto lleva a un incremento de los planes sociales, aumento del gasto público, que se retroalimenta con el alza de impuestos mencionada”, concluyó César Litvin, categórico.

Fuente: infobae económico