EL TRIBUNAL DE ETICA Y DISCIPLINA COMUNICA QUE en 18.09.2020, teniendo en cuenta el dictamen de la Comisión de Ética de Cámara I, resolvió aplicar al CPN GUSTAVO GIUSSANI (DNI 17.757.913) la sanción de cancelación de matrícula prevista en el art. 8 inc. e) ley 8738. La decisión se encuentra firme, por lo que el nombrado no cuenta con habilitación para el ejercicio legal de la profesión.