El beneficio representa un mecanismo para amortiguar los efectos de la pandemia y, además, complementa las políticas implementadas por el Gobierno para impulsar la demanda de los sectores vulnerados.
El beneficio de reintegros a sectores vulnerados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es una herramienta prevista en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, sancionada en diciembre de 2019, que complementa las distintas políticas implementadas por el Gobierno para impulsar la demanda de los sectores vulnerados. Además, representa un mecanismo adicional para amortiguar los efectos de la pandemia.
AFIP amplió los beneficios del reintegro, extensión de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021;
- incorporación de los gastos realizados en farmacias;
Quiénes pueden recibir el reintegro de AFIP
Podrán acceder al beneficio las personas que:
- Cobren la jubilación mínima.
- Cobren una pensión mínima por fallecimiento.
- Cobren una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, etc).
- Sean titulares de la asignación universal por hijo(AUH).
- Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
Montos del reintegro de AFIP
- Se reintegrará el 15% del monto total de todas las compras realizadas con tarjeta de débito en comercios minoristas y/o mayoristas, siempre que no supere los $1.200 por mes y por beneficiario.
- En caso de percibir dos o más asignaciones, el reintegro no podrá superar los $2.400 por mes.
Respecto a su acreditación, el reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:
- Para las compras que se realicen hasta las 17 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
- Para las compras hechas luego de las 17 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.
Fuente: ambito.com