Laboral. Coronarivus

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Prestaciones por desempleo. Limitan la vigencia de la definición de situación legal de desempleo en los casos de convenios de rescisión por emergencia.

Limitan hasta el 30/06/2022 la vigencia de la R. (MT) Nº 346/21, por la cual se establecieron indicios ciertos de la existencia de una situación legal de desempleo, en situación de extinción colectiva de los contratos de trabajo vigentes en un establecimiento, rama o sector de actividad, aun mediando convenios de rescisión. Aclaran que en tales situaciones la solicitud de la prestación por desempleo deberá presentarse dentro del plazo de 90 días a partir del cese de la relación laboral.

Resolución (MT) Nº 533/2022 (BO 10/05/2022)

Fuente: Lisicki Litvin