La AFIP puso a disposición una nueva versión del “Manual para el Desarrollador” del Sistema web SiRADIG, que presenta múltiples novedades
Desde Errepar, aclararon que se agregaron los siguientes códigos:
21 – “Gastos de adquisición de indumentaria y equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo”.
23 – “Primas de ahorro correspondientes a seguros mixtos”.
24 – “Aportes correspondientes a planes de seguro de retiro privados”.
25 – “Adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión con fines de retiro”.
Asimismo, se actualizaron las descripciones de los códigos 2 y 11 de la tabla 4: Deducciones.
A continuación el manual completo para el empleado:
Y el manual completo para el desarrollador:
Vale tener presente que este año las deducciones y la escala de alícuotas aumentan 28,29% respecto a los valores de 2018. Además, Se permite restar el ahorro en seguros de vida y retiro de la base imponible.
El piso de ingreso anual para empezar a tributar surge de la suma de todo lo que se puede deducir de la base imponible.
Las deducciones generales para todos los empleados y autónomos conforman lo que comúnmente se conoce como “mínimo no imponible”, aunque este no es el nombre técnico.
Está formado por:
– Ganancia no imponible. Sube de $66.917,91 en 2018 a $85.848,99 por año en 2019. .
– Deducción especial para asalariados en relación de dependencia. Aumenta de $321.205,97 a $412.075,14.
– Deducción especial para autónomos. Desde 2018, es el doble de la ganancia no imponible. En 2019 aumenta a $171.697,97.
– Deducción especial nuevos profesionales y emprendedores. Es 2,5 veces la ganancia mínima no imponible. Para 2019 sube a $214.622,47.
– Deducción especial jubilados. Aquellos que no tienen otros ingresos (ni siquiera Monotributo) y tampoco tributaron el Impuesto sobre los Bienes Personales (salvo que surja de la vivienda única), podrán deducir el equivalente a 6 jubilaciones mínimas. En 2019, la estimación es de $670.255,2.
Piso para tributar
En 2019, los empleados empezarán a tributar Ganancias a partir de un sueldo neto anual de $497.924,13. El sueldo mensual promedio es de $38.301,86 (siempre que no haya bonificaciones ni pagos extra).
En tanto, los autónomos pagarán el impuesto desde un ingreso neto de gastos de $16.729,48 por mes.
En cualquier se puede tributar menos o no pagar si uno tiene otras deducciones.
Las cargas de familia para 2019 son las siguientes:
– Cónyuge. Pasa de $62.385,20 al año, en 2018, a $80.033,97 para 2019. Sólo se puede deducir al marido o la esposa si estás casado/a y si no tienen ingresos mayores a $85.848,99 al año.
– Hijos. Solamente se pueden computar los hijos hasta 17 años cumplidos (incluye el mes que cumplan 18). El monto por cada uno sube de $31.461,09 a $40.361,43 anual. Desde 2018, sólo uno de los padres puede deducir el monto total por hijo; o bien, cada uno de los padres puede descontar el 50% ($20.180,71 cada uno).
Todas estas deducciones se deben informar al empleador, a través de la herramienta web Siradig, en la página web de AFIP, a partir de enero, para que el empleador las vaya teniendo en cuenta en la liquidación de Ganancias de todo el año y no te descuenten de más.
– Servicio doméstico. Se pueden deducir remuneraciones y contribuciones obligatorias de empleados de casas particulares hasta el equivalente a la ganancia no imponible; para 2019, el tope es de $85.848,99 al año. Hay que completar en el Siradig lo que se paga todos los meses y el sistema informático pone el límite.
– Alquileres. Se puede descontar el 40% del monto pagado por la casa donde vive quien paga el impuesto, siempre que no tenga inmuebles a su nombre ni tribute Bienes Personales. El máximo a deducir son $85.848,99 en 2019.
– Intereses de créditos hipotecarios. Hasta $20.000 al año, siempre que sea de vivienda única.
– Seguros de vida (titular y familiares a cargo). En 2019, luego de 23 años, se actualizó el monto anual a $12.000. Incluye prima por riesgo de vida y prima de capitalización. El monto sube hasta duplicarse en 2021.
– Seguros de retiro. En la reforma tributaria de diciembre de 2017 se lo incluyó pero recién se pueden deducir desde 2019. Para este año, el tope anual será $ 12.000, igual que el seguro de vida. Se pueden tomar en forma separada.
– Gastos y honorarios médicos. Hasta el 40% del monto abonado, con factura.
– Gastos de sepelio. Hasta $ 996,23 al año. Por personas incluidas como cargas de familia.
– Medicina prepaga. Hasta el 5% de la ganancia neta del año. Sólo se toma lo pagado en forma voluntaria, no los aportes obligatorios. Se pueden deducir cuotas de familiares a cargo.
– Viáticos. Hasta $34.399,60 al año en viajes de corta distancia. Hasta $ 85.848,99 en larga distancia.
Las horas extra durante los feriados, días inhábiles o fines de semana siguen exentas del impuesto.
Para los empleados que trabajan y los jubilados que viven en la zona Patagónica, las deducciones son un 25% más altas que las del resto del país.
Fuente: iprofesional.com