La AFIP prorrogó los vencimientos para las declaraciones juradas y el pago del saldo de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2023, las que quedan más cerca de las fechas límites para la presentación y pago del Régimen Especial de adelanto del Impuesto sobre los Bienes Personales, que se confirman.
Así, el organismo responde a un pedido que venían realizando los contadores a través del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba).
Cuáles son las nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales
Con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la AFIP dictó la Resolución General 5550/24 que se publicará este lunes en el Boletín Oficial. De este modo, la presentación de las declaraciones juradas y pago podrán cumplirse excepcionalmente hasta las fechas que se indican a continuación:
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: 18 y 19 de septiembre próximos.
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: 19 y 20 de septiembre próximos.
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: 20 a 23 de septiembre venideros.
Para el pago en cuotas (miniplan), el vencimiento especial de la primera cuota tendrá lugar el próximo 16 de octubre.
Cómo queda el calendario de vencimientos agosto y septiembre de 2024
En atención a la medida dispuesta por la AFIP, el calendario de pagos relacionado con Ganancias y Bienes Personales queda como sigue:
1. Ingresos especiales de importes a cuenta para los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales (40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023):
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: 26 de agosto próximo.
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: 27 de agosto venidero.
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: 28 de agosto próximo.
De este modo, el pago de este sexto anticipo no condiciona el uso de las nuevas fechas de vencimiento de septiembre de 2024.
2. Manifestación de adhesión y pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: 19 de septiembre venidero.
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: 20 de septiembre próximo.
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: 23 de septiembre próximo.
3. Declaración Jurada y pago del saldo del Impuesto del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:
- Todos los CUIT, 30 de septiembre próximo.
De este modo, la AFIP prorroga la presentación de la declaración jurada y pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, y confirma el calendario del sexto anticipo y el REIBP.
Fuente: iprofesional