Expertos advirtieron a iprofesional que la AFIP está enviando nuevas intimaciones reclamando intereses resarcitorios a los contribuyentes que hicieron pagos en el Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Perrsonales y aún no presentaron las declaraciones juradas.
“No hay presentación de declaración jurada determinado impuesto. No se pueden determinar intereses”, aseguró a este medio, Sebastián M. Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios.
Se debe esperar la presentación de a declaración jurada para determinar si corresponden – o no- los intereses.
Renta financiera
Las personas humanas y sucesiones indivisas deben presentar la declaración jurada del impuesto cedular, hasta el viernes 19 de julio. Podrán optar por confeccionarla a través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”, mediante una de las siguientes modalidades:
– Declaración jurada detallada: se consignarán los importes individuales por cada tipo de renta.
– Declaración jurada simplificada: se informarán los importes totales por cada tipo de renta.
Para presentar la declaración jurada simplificada se tiene que ingresar los tres grupos objetos de renta:
– Rendimiento de valores.
– Intereses de depósitos a plazo.
– Enajenación de acciones y demás valores.
– Para cada una tenés que informar la cantidad de operaciones y el total del resultado neto del rendimiento por titular en moneda nacional (alícuota del 5%) y en moneda nacional con cláusula de ajuste o moneda extranjera (alícuota del 15%).
En el caso del tercer grupo objeto de renta también se tiene que informar el resultado neto de la compraventa de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores que coticen en bolsa o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), además de la cantidad de operaciones realizadas.
A continuación, un resumen de la información a aportar por cada grupo objeto de renta:
La presentación de las declaraciones juradas de carácter informativas de Ganancias y Bienes Personales podrá realizarse hasta el día 24 de julio, de acuerdo a la prórroga otorgada por la Resolución General 4506.