La matrícula de habilitación cuyo pago es exigido por la SSS a las prestadoras de medicina prepaga reviste innegable naturaleza tributaria ya que posee las mismas características de una tasa y por tanto se declara la inconstitucionalidad porque la ley no fijó ningún parámetro o mecanismo para determinar su cuantía.
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Causa: “Swiss Medical S.A. c/ EM – SSS s/ amparo ley 16.986”
Fecha de sentencia: 18/02/2020
Fuente: Lisicki Litvin